IPRESS sin registro
Para brindar servicios de salud, las IPRESS (Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo) deben encontrarse registradas y contar con su Código Único de IPRESS en el Registro Nacional de IPRESS - RENIPRESS, administrado por la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD.
Es regla general que una IPRESS no pueda entregar servicios de salud (funcionar) a los usuarios si ésta no se encuentra registrada en el RENIPRESS, lo señalado resultaría inocuo si los datos nos indican que existe un gran numero de IPRESS informales en el país y que no se encuentran registradas y por tanto no se encuentran autorizadas para brindar servicios de Salud.
En el Perú, según datos de SUSALUD, al 2023, existen inscritas 25,009 instituciones que prestan servicios médicos y que cumplen con los requerimientos legales para funcionar. No obstante, en paralelo operan aproximadamente otros 25,000 establecimientos informales que no cuentan con los recursos (infraestructura, equipamiento y personal de salud) adecuados para brindar servicios de salud, seguros y de calidad, una cifra realmente alarmante, estamos hablando que del universo de IPRESS casi el 50% de éstas, son informales, con el riesgo para la salud que ello significa, verificándose que algunas personas han fallecido en intervenciones realizadas por profesionales de la salud o no siéndolo no cuentan con las capacidades suficientes, sobre todo en spas, centro de estética y otros.
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Esto se agrava con la poca capacidad de respuesta del órgano supervisor de los servicios de salud en el país debido al reducido número de supervisores de IPRESS en SUSALUD.
Al respecto, consideramos que la publicación de la Ley N.° 32118, que prohíbe y sanciona a las personas que, sin ser médicos ni contar con estudios, realicen tratamientos estéticos, es un gran avance para dotar de seguridad a la población que requiere dichos servicios; sin embargo, necesitamos además de la sola promulgación de la Ley, instruir a la población para que tome decisiones informadas.