Jurisprudencia reciente del T. Supremo sobre IVA

En fecha reciente, se ha pronunciado el Tribunal Supremo, en relación con el IVA, en las siguientes sentencias:

Sentencia de 9-1-2023, Rec. 5314/2020, transportes de pasajeros y excursiones en globo aerostático

Las actividades que tengan una finalidad principalmente recreativa o turística, realizadas a través de un globo aerostático, no pueden tener la consideración de "transportes de viajeros y sus equipajes" a los efectos de aplicar el tipo reducido del IVA, previsto en el artículo 91.uno.2.1º de la Ley del IVA.

Sentencia de 20-12-2022, Rec. 1399/2021, deducción del IVA soportado en relación con la discusión de un justiprecio

Es procedente la deducción del IVA soportado por una entidad mercantil en la adquisición de bienes o servicios, en relación con operaciones no sujetas o sujetas y exentas, cuando tales bienes o servicios hayan supuesto un beneficio económico que favoreciera su actividad general.

En particular, cabe deducir el IVA satisfecho por la recepción de servicios de asesoramiento en un procedimiento expropiatorio con la finalidad de lograr un mayor justiprecio que el inicialmente reconocido por la Administración, habida cuenta la naturaleza del bien expropiado y su relación directa de afección con la actividad propia de la empresa.

Hay derecho a esa deducción del IVA soportado cuando el bien entregado o el servicio recibido a que da lugar guarde relación o suponga un beneficio general para el sujeto pasivo, aunque la actividad a que se dirige esté exenta o no sujeta, siempre que, además de ese beneficio general, aquí indudable, las operaciones a que se dedica quien reclama la deducción, en el marco de su actividad económica, constituyan operaciones gravadas, lo que en este caso no ha sido controvertido.

Sentencia de 19-12-2022, Rec. 3700/2021, devengo en los servicios prestados por los administradores concursales

El devengo del IVA por los servicios prestados por los administradores concursales se produce al finalizar cada una de las fases del proceso concursal, -común, convenio o liquidación, estas dos alternativas-. Esta sentencia reitera las de 16-11-2022, Rec. 2178/2021, y 14-11-2022, Rec. 1847/2021

Sentencia de 19-12-2022, Rec. 1523/2021, devoluciones en régimen de viajeros, acreditación de la residencia

Para acreditar la residencia habitual del adquirente a los efectos de aplicar la exención por exportación de bienes en régimen de viajeros no basta con la aportación del pasaporte, tal y como contempla el artículo 9.2º.B.b) del Reglamento del IVA, cuando en el mismo no conste la residencia habitual o domicilio del receptor de las entregas de bienes, siendo preciso en este caso, adicionalmente, presentar otros medios de prueba que acrediten la residencia habitual del viajero.

Sentencia de 13-12-2022, Rec. 3084/2021, recargos en régimen de diferimiento del IVA a la importación

La deuda se liquida en la aduana junto a los derechos arancelarios y luego se puede satisfacer con ocasión de la recepción del documento acreditativo. El retraso en el cumplimiento del deber de pago, conforme a este esquema, determina la apertura del periodo ejecutivo, pero no necesariamente la vía de apremio, si la deuda, como consta, se ha abonado antes del dictado de la providencia de apremio.

Sentencia de 15-11-2022, Rec. 1107/2021, no exención arrendamientos de aprovechamientos cinegéticos

No están exentos, como arrendamientos de terrenos, los de aprovechamientos cinegéticos (se reitera el criterio establecido en la sentencia de 27-10-2022, Rec. 5341/2020.

Antonio Morales Martín

Inspector de Hacienda del Estado. Ponente adjunto Vocalía 4ª (IVA) Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC)

1 año

1/2 Muy interesante la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 de enero de 2013 (recurso de casación nº 5314/2020) sobre la aplicación del tipo de IVA reducido en una actividad de vuelos en globo aerostático. En la fundamentación de la sentencia se alude a razonamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, entendiéndose que por dicho órgano se descartó la consideración como transporte de una actividad de recreo que no persigue el propósito de trasladar a personas de un lugar a otro distinto. No obstante, quizás la sentencia del Tribunal Supremo también deba ser leída teniendo en cuenta la sentencia del TJUE dictada el 1 de agosto de 2022, asunto C-294/21, NAVITOURS, en la que se discute la tributación de servicios de navegación turística en el tramo del río Mosela ubicado en el condominio entre Alemania y Luxemburgo.

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