Las importaciones ya no deberán presentar el Certificado de Origen

Las importaciones ya no deberán presentar el Certificado de Origen

El Certificado de Origen a fines estadísticos ya no será requerido a la hora de acreditar la procedencia de los bienes de consumo que ingresan al país. Así lo dispuso la resolución 1288/2019 del Ministerio de Producción publicada esta semana en el Boletín Oficial. 

La norma especifica que el mencionado Certificado "genera retrasos y mayores costos en la operatoria", en el marco de los "profundos avances, en cuanto a logística, almacenamiento, distribución, tiempos y modernización de las herramientas utilizadas" que tuvo el comercio exterior.

De esta manera, la documentación sólo será exigida para importaciones con derechos antidumping, compensatorios, específicos o medidas de salvaguardia. También quedan incluidas aquellas que provengan de países no considerados como naciones más favorecidas.

Por otra parte, se deberá presentar la Declaración Jurada de Origen No Preferencial en pos de acreditar el origen al momento del trámite de despacho, en las destinaciones definitivas de importación para consumo. Para generar la Declaración se debe ingresar en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

En caso de denuncias o inconsistencias en la Declaración Jurada de Origen No Preferencial, se iniciará una Investigación de Origen No Preferencial sobre una determinada posición arancelaria proveniente de uno o más orígenes.

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