¿QUÉ SON LAS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS?
A diferencia de las regulaciones arancelarias (impuestos que se pagan), las regulaciones y restricciones no arancelarias son herramientas o reglas utilizadas por la Administración Pública para controlar la entrada, salida, circulación y tránsito de mercancías de comercio exterior.
¿POR QUÉ SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN Y LA EXPORTACIÓN?
El principal objetivo de las regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNAs) es reducir la entrada de productos extranjeros al mercado mexicano para no afectar a los productores nacionales. En teoría, esto permite que utilicemos nuestros recursos (en vez de importar todo) y, en consecuencia, mejoremos nuestra economía.
¿QUÉ LEYES DEFINEN A LAS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS?
La Ley de Comercio Exterior es uno de los principales referentes en México; los artículos 15 al 24 hablan sobre las RRNAs.
De acuerdo con el artículo 15, las RRNAs se establecen para la exportación en estos casos:
- Para asegurar el abasto de productos destinados al consumo básico de la población.
- Para controlar los recursos no renovables del país.
- Conforme a los tratados internacionales de los que México sea parte.
- Según las restricciones constitucionales.
- Cuando se trate de preservar la flora y fauna en riesgo o peligro de extinción.
- Para conservar bienes con valor histórico, artístico o arqueológico.
- Situaciones no previstas por las Normas Oficiales Mexicanas en lo referente a seguridad nacional, salud pública, sanidad fitopecuaria o ecológica.
Y según el artículo 16, se establecen para la importación en los siguientes casos:
- Cuando se necesite equilibrar la balanza de pagos.
- Regular la entrada de productos usados, de desecho o que no tenga un mercado importante en su país de origen o procedencia.
- Conforme a lo dispuesto en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.
- Responder a las restricciones a exportaciones mexicanas aplicadas unilateralmente en otros países.
- Impedir prácticas desleales de comercio internacional.
- Situaciones no previstas por las NOM’s en lo referente a seguridad nacional, salud pública, sanidad fitopecuaria o ecológica.
De igual forma, el artículo 17 menciona que las RRNAs pueden consistir de permisos previos, cupos máximos (la cantidad de mercancía que puede ser importada o exportada), marcado de país de origen, certificaciones y cuotas compensatorias, entre otros instrumentos.
Prestamos mucha atención a las regulaciones y restricciones no arancelarias porque las autoridades identifican qué mercancías están sujetas a estas reglas a través de su fracción arancelaria. Sabemos que una incorrecta clasificación arancelaria puede derivar en multas de comercio exterior, por esta razón es recomendable tener un sistema de comercio exterior que detecte inconsistencias en los pedimentos de tu empresa. Te invitamos a conocer nuestras soluciones.
Fuente: Blog OneCore 13.12.17