Los principios comunes de la Ciudades frente a la Economía de Plataforma

Los principios comunes de la Ciudades frente a la Economía de Plataforma

Los principios comunes de la Ciudades frente a la Economía de Plataforma

Martes 13 de Noviembre , en Barcelona , delegados de 42 ciudades (Amsterdam, Athens, Atlanta, Barcelona, Bethlehem, Bologna, Bordeaux, Buenos Aires, Gothenburg, Grenoble, Kobe, La Coruña, Lisbon, Madrid, Milan, Montreal, Montreuil, Muscat, New York, Paris, Reykjavik, San Francisco, Santiago de Compostela,

Sao Paulo, Taipei, Torino, Toronto, Umea, Valencia, Vienna and Vitoria ) se reúnen en el Sharing Cities Summit , con la finalidad de sumar fuerzas para negociar con las grandes plataformas digitales , para lo resumen sus intereses en 10 principios ( link de acceso a la declaración), que constituyen el primer decálogo de principios y compromisos de las ciudades respecto a la economía de plataforma ( ojo no colaborativa )

A continuación un resumen traducido de cada uno de los principios :

Principio 1 Modelo de Plataforma : Distinguir entre diferentes modelos de plataformas : Las ciudades deben aprender a distinguir entre plataformas digitales y plataformas de actividad

  1. Distinguir digital plataformas y plataforma actividad que se no construido sobre modelos colaborativos y no constituyen oportunidades para el desarrollo económico de las ciudades. Para realizar esta distinción es necesario estar claros en el conjunto fe cualidades que caracterizar las plataformas colaborativas y determinar diferencias entre plataformas, cómo relación P2P par-a-par relaciones; basarse en modelos económicos justos y retributivos ; permitir la participación comunidad gobierno; franqueza y transparencia de su tecnología y datos; inclusión proporcionando igual servicios a diferente segmentos de los habitantes de las ciudades evitando cualquier discriminación; y ser responsables hacia impactos negativos

Con respecto a los efectos en la fuerza de trabajo se plantean dos Principios :

Principio 2 Trabajo : Empoderar a la gente a tener oportunidades para ganar o aumentar sus ingresos por nuevos trabajos adaptados a la regulación tributaria y sin contribuir a la precariedad social o constituyendo una carga administrativa.

Principio 3 Trabajo : Asegurar una compensación justa, legal y oportuna para el trabajo, proporcionando condiciones de trabajo justo y acceso a beneficios y derechos para trabajadores ( maximización ganancias, salario mínimo o regulado y previsible, seguridad, protección contra conductas arbitrarias, rechazo de vigilancia excesiva en lugares de trabajo, derecho de salida y posibilidad de negociación colectiva.

Con respecto a la inclusión:

Principio 4 Inclusión : Prevenir la discriminación y la parcialidad apoyando el acceso justo y equitativo al trabajo para personas de todos los ingresos, géneros y antecedentes.

Principio 5 Protección Publica : Asegurar y respaldar los estándares de salud, seguridad y protección junto con mecanismos institucionales efectivos para protegerlos.

Principio 6 Desarrollo Sustentable : Promover prácticas sostenibles menos orientadas a la comercialización y mercantilización de bienes que a la infraestructura compartida, para compartir en el marco de una economía circular, para fomentar y promover el desarrollo de estas actividades para reducir las emisiones y el desperdicio. Todo ello teniendo en cuenta el efecto rebote que podría generar, y sobre la base de un uso más eficiente de los recursos.

Principio 7 Soberanía de datos y derechos digitales de los ciudadanos:

  • Proteger los derechos digitales de los ciudadanos mediante la implementación de políticas de Soberanía Tecnológica y estándares éticos digitales (incluidos los derechos de privacidad, seguridad, autodeterminación de la información y neutralidad, dando a los ciudadanos
  • una elección sobre qué sucede con su identidad digital, quién usa sus datos en línea y para qué fines).
  • Promover políticas para que los datos personales sean controlados por los propios ciudadanos y estén protegidos contra el uso indebido, la recopilación o el intercambio sin el consentimiento explícito. Para garantizar que las plataformas digitales permitan la responsabilidad algorítmica y la portabilidad de los datos, la identidad digital y la reputación de los usuarios.
  • Garantizar que las ciudades puedan acceder a datos relevantes de las empresas que operan en sus territorios (como información sobre transporte, seguridad, mano de obra, preservación de la privacidad).
  • y toda la información de interés público potencial).
  • Favorecer que los datos de la ciudad deben gestionarse como un bien común para resolver los desafíos urbanos.

Principio 8 Soberanía de ciudades: Garantizar el respeto de las jurisdicciones legales de las ciudades ante la posible interrupción de las plataformas digitales.

•Establecer marcos de negociación entre ciudades y plataformas para garantizar el respeto de la legalidad y las regulaciones locales.

• Asegurar la transparencia en las operaciones y transacciones en relación con la transferencia de datos desde la plataforma.

• Trabajar juntos entre las ciudades para alentar cambios en las políticas regulatorias y marco en la esfera digital, para facilitar la actividad económica compatible y proteger los derechos de los usuarios, así como para defender la habitabilidad de la esfera urbana.

• Promover protocolos digitales para garantizar el cumplimiento de la normativa de cada ciudad.

• Adecuación de un número de registro de usuario y propietario para rastrear cualquier actividad en la esfera digital.

• Compartir instrumentos, mecanismos y técnicas de inspección entre ciudades.

• Hacer que las plataformas digitales sean responsables de sus infracciones, y responsables de respetar las leyes y regulaciones locales.

•Exigir que las plataformas pidan permiso antes de operar en una ciudad. Acordar con la ciudad la manera adecuada de operar en cada contexto dado y en estricta conformidad con la composición del vecindario, las condiciones económicas y las necesidades de la comunidad.

Principio 9 Promoción económica: Promover el desarrollo de ecosistemas económicos locales de colaboración y, en particular, de las pequeñas y medianas empresas (PYME), sobre la base del impacto positivo en las ciudades, como se describe en el primer principio, mediante programas de apoyo a la iniciativa empresarial, herramientas participativas, financiación u otras herramientas de promoción.

Principio 10 Interes General: para preservar el derecho a la ciudad y los bienes comunes urbanos, fortalecer las comunidades, proteger el interés general, el espacio público y los derechos humanos básicos, como el acceso a viviendas adecuadas y asequibles.

Además de los 10 Principios de la Declaración, las ciudades acordaron la creación de una estructura de grupo de trabajo para apoyar el desarrollo de acciones concretas de colaboración durante 2018–2019 entre ciudades conectadas.

La base de estos principios y su aplicación a la realidad latinoamericana serán discutidos la próxima semana en Medellín en Colaboramerica, para lo cual un grupo de ciudadanos que somos parte de Ouishare estamos organizándonos para impulsar un mayor debate sobre el desarrollo de la economía colaborativa y de plataforma en nuestras regiones. Medellín será un espacio ideal para hacerlo ya que coincidiremos ciudadanos de México, Colombia, Perú, Argentina, Chile , Brasil, Perú , España , entre otros.

Y ustedes qué principio agregaría, modificarían o eliminarán de esta Declaración?

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