Normas internacionales de información financiera - Recargadas
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Normas internacionales de información financiera - Recargadas

Este año 2018 trae consigo la vigencia de algunas normas emitidas por el IASB (International Accounting Standard Board) que prometen causar un fuerte impacto en la presentación de los estados financieros de las empresas que aplican NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera).

En los últimos 15 años hemos asistido a un fuerte proceso de convergencia entre diferentes estándares contables vigentes a nivel mundial, que se reflejó en varios hitos por los que distintos países (Japón, Canadá, EU, China y los Estados Unidos de América (USA)) adoptaran las NIIF o minimizaran las diferencias entre estas y las aplicables en su país. Este proceso fue asimismo incluido en la agenda del FASB (Financial Accounting Standards Board) de USA en 2002, y si bien hasta la fecha USA aún no ha definido su proceso de convergencia (más bien enlentecido), ha estado trabajando en conjunto con el IASB para armonizar las normas vigentes en USA con las NIIF.

Estas son las dos principales normas que comienzan su vigencia a partir del 1ro de enero de 2018:

Ø NIIF 9 – Instrumentos financieros: Esta norma establece la clasificación de los instrumentos en tres categorías: Costo Amortizado, Valor razonable con cambios en Otros resultados integrales y Valor razonable con cambios en Resultados. Esta norma también introduce un nuevo modelo para el reconocimiento de las pérdidas por deterioro de créditos conocido como el Modelo de pérdidas esperadas. Este modelo constituye un cambio sustancial respecto del modelo actual vigente de la NIC 39. Finalmente, también esta norma establece una serie de requerimientos de revelación adicionales.

Esta norma aplica a todas las empresas, pero tiene una especial relevancia para las entidades financieras por su impacto en la valoración de activos y la estimación de perdidas esperadas de los créditos.

Ø NIIF 15 – Ingresos por contratos con clientes: Esta norma puede tener un fuerte impacto en algunas industrias, dependiendo de los modelos contractuales de generación del ingreso. En particular la existencia de bonos de desempeño, penalidades, derechos de reembolso, deben ser considerados al inicio de la transacción para tomar sus efectos en el ingreso. También establece diversos requisitos de revelación adicionales. La norma se aplica en forma retrospectiva por lo que hay que considerar el impacto al inicio el cual puede ser revelado mediante la aplicación retrospectiva integral o solo mediante incluir el ajuste al inicio en el patrimonio.

En el caso particular de los bancos, las áreas que verán mayor impacto de esta norma son las vinculadas a las tarjetas de crédito y los planes de millaje (programas de lealtad), las comisiones en estructuraciones asi como los productos que consisten en una agrupación de distintos servicios por el desafío de segregar cada uno de esos servicios y su realización.

Resulta claro que la adopción de normas de aplicación homogénea a nivel de muchos países (más de 100 a la fecha) provee un claro beneficio en términos de comparabilidad, flujo de capitales, transparencia, etc.; aunque los beneficios no son homogéneos entre las diferentes empresas.  Por su parte, la aplicación de la normativa supone un importante nivel de preparación y análisis de los diferentes procesos que dan lugar a las transacciones y también requiere un proceso de capacitación y entrenamiento importante por parte de los responsables de la preparación de la información contable y financiera de las empresas.




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