Plazos para el Divorcio por causal

Plazos para el Divorcio por causal

El plazo para demandar el divorcio varía dependiendo de la causal. Si no se interpone la demanda dentro de ese plazo, el derecho a solicitarlo caduca. Así tenemos:

  • Caduca a los 6 meses de conocida la causa y en todo caso, a los cinco años de producida en los siguientes casos:
  • Adulterio
  • Atentado contra la vida del cónyuge
  • Homosexualidad sobreviniente al matrimonio
  • Condena por delito doloso a pena privativa de la libertad mayor de dos años, impuesta después de la celebración del matrimonio.
  • Caduca a los 6 meses de producida, en los siguientes casos:
  • Violencia física o psicológica, que el juez apreciará según las circunstancias
  • Injuria grave, que haga insoportable la vida en común.
  • En las demás causales, la acción se podrá iniciar mientras subsistan los hechos que la motivan.


Inicia sesión para ver o añadir un comentario.

Más artículos de Estudio Villena Abogados

  • La Rectificación de Partidas

    La Rectificación de Partidas

    Existen muchos casos en los cuales los nombres y apellidos consignados en las partidas o actas de nacimiento están mal…

  • Divorcio por causal

    Divorcio por causal

    ¿Qué es el divorcio por causal? Es la ruptura del vínculo matrimonial como consecuencia de actos u omisiones imputable…

Otros usuarios han visto

Ver temas