Alternativa para evitar despidos masivos
El fin de semana escribí este artículo (no fue posible publicarlo en el medio en que generalmente lo hago), pero no quiero dejar de contarles cuál es mi posición sobre el tema.
- El Código de Trabajo NO TIENE una respuesta para reaccionar en situaciones de emergencia. Esto puede cambiar si así lo quieren los diputados.
- Hay que proteger el empleo. Hay que proteger el empleo. Hay que proteger el empleo.
Ante la reducción de ingresos que están teniendo las empresas, la ley laboral tiene solo dos opciones que son muy drásticas y ponen al trabajador en una posición durísima:
- Suspender temporalmente el contrato de trabajo, lo cual significa quedarse sin sueldo.
- Liquidar la relación laboral, lo cual significa quedarse sin sueldo y sin trabajo.
¿Cuál es la OPCIÓN INTERMEDIA? Reducir la jornada de manera temporal y excepcional ante la caída en el volumen de trabajo, con el correspondiente ajuste proporcional del salario.
Esta medida (que el Ministerio de Trabajo está apoyando con la presentación de proyecto de ley) es una opción intermedia que evitaría dejar a los trabajadores sin ingreso económico y sin empleo.
Quienes vean reducidas las horas de trabajo mantienen su puesto de trabajo, con el pago de salario, activos ante la seguridad social, y con derecho a regresar a las condiciones anteriores al vencimiento del plazo de la medida de emergencia.
No se trata de utilizar la alerta sanitaria como excusa para abrir portillos que dejen a los trabajadores en condiciones precarias. La propuesta es permitir cambios temporales para que los patronos puedan aguantar la disminución de sus ingresos manteniendo los puestos de trabajo.
Que el derecho del trabajo tenga que ajustarse en época de turbulencia no significa que esté renunciando a su razón de ser; todo lo contrario, es deseable para evitar el desastre. Las discusiones sobre los cambios deben ser desapasionadas y teniendo presente que urge la repuesta.
Lo anterior también aplica para la propuesta recientemente planteada por el Gobierno para que la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social acuerde que las cargas sociales se calculen sobre el salario real devengado según las horas laboradas, aunque sea menor a la Base Mínima Contributiva.
La obligación de tener que pagar montos más altos por cargas obrero patronales porque la Junta Directiva fija un mínimo de contribución es una clara invitación a la informalidad, y más en época de crisis.
La Caja no debe penalizar a los patronos porque se pacten jornadas reducidas, y menos cuando es una medida que tiene como objetivo conservar el empleo.
Hay una opción para proteger el empleo en época de crisis para evitar que el ahogo económico acabe en despidos. Confío en que los diputados tomarán la decisión correcta.