Proveedores y Principio de Proteccion 
         Derechos del Consumidor.

Proveedores y Principio de Proteccion Derechos del Consumidor.

Las últimas modificaciones de la ley de proteccion al consumidor, en vigencia desde marzo del 2019, en las que se fortalecen las atribuciones del Sernac en su funcion de velar por el cumplimiento de las disposiciones de la ley y demas normas que digan relacion con el consumidor, ademas de la difusión de los derechos y deberes del consumidor, incorporó en el articulo 58 de la ley N° 19.496 sobre proteccion de los derechos de los consumidores, entre otras, la función del Sernac de interpretar administrativamente la normativa respectiva, en terminos, de determinar el sentido y alcance de materias, respecto de las normas de proteccion de los consumidores, entre ellas, aquellas sobre infracciones que pueden ser cometidas por proveedores de Supermercados y Almacenes en perjuicio de consumidores y usuarios. En la implementacion de esta funcion del Sernac, se aprobo el documento "Circular Interpretativa sobre Supermercados y Almacenes", contenido que será de será de uso obligatorio para los funcionarios del Sernac, especialmente en la ejecucion de operaciones de fiscalización. El Principio de Protección del Consumidor, contituye el pilar fundamental del derecho de consumo y aquello que lo diferencia del derecho común. Este principio parte de la base que, en la relacion de consumo, existe una asimetría entre las partes, que debe ser corregida por la via legal, para restablecer el equilibrio entre las obligaciones del proveedor y los derechos del consumidor. En virtud del principio de proteccion del consumidor, y frente a los distintos tipos de vulnerabilidades a que esta afectos los consumidores, por la desigualdad en el poder de negociación con el proveedor, se justifica al menos inicialmente, la intervencion reguladora del legislador, que crea normas legales como mecanismo de respuesta a los diferentes tipos de asimetrias que se encuentra afecto el consumidor. De este modo podemos comprobar que en la gestion operacional de la proteccion del consumidor, debemos tener el conocimiento, la instruccion y la expertice requerida, para identificar y operar en terminos de la interrelacion de, aspectos comerciales con los problemas de asimetria (vulnerabilidad), los aspectos económicos con los mecanismos (instrumentos) de respuesta y los aspectos jurídicos (normas legales que aplican a los instrumentos). En terminos de este principio protector del consumidor el marco de regulación disponible (Ley N° 19.496), restringe la libertad contractual del proveedor con el único objetivo de protejer la vulnerabilidad del consumidor y evitar abusos por parte de la solidez del proveedor. El Documento "Circular Interpretativa sobre Supermercados y Almacenes", tiene por objeto, indicar los parametros de cumplimiento que, a juicio del Sernac, exigen las normas vigentes sobre protección de los derechos del consumidor, en cuanto a las relaciones de consumo que se desarrollan en los Supermercados, el cual además se difunde con el fin de propender al correcto desenvolvimiento de los agentes economicos de nuestro mercado. La ley del cvonsumidor, define proveedor como: "las personas naturales o jurídicas, de caracter público o privado, que habitualmente desarrollen actividades de produccion, importación, construcción, distribución o comercialización de bienes o de prestación de servicios a consumidores, por las que se cobre precio o tarifa.

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