El pasado 22 de junio se publicó en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) el proyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016.
En dicho proyecto, la autoridad efectúa modificaciones a las reglas 3.1.35 y 3.1.36 en relación con la transmisión de información contenida en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en exportaciones “A1”, así como con la verificación de folios dentro del portal del SAT.
En este sentido, se aclara que aquellos contribuyentes que realicen exportaciones con la clave de pedimento “A1” y sean objeto de enajenación deberán transmitir el archivo electrónico del CFDI y asentar los números de folios fiscales dentro del pedimento de exportación.
Mediante disposiciones transitorias, se establece una prórroga respecto de la obligación de incorporar los datos contenidos en el complemento que en materia de comercio exterior deben incluirse en dicho CFDI.
Esta obligación entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2017.
Las enajenaciones que sean exportadas con pedimentos clave “A1” deberán cumplir con la obligación de transmitir el CFDI a partir del 1 de julio 2016, siendo prorrogada únicamente la inclusión del complemento de comercio exterior dentro del CFDI, lo cual como quedó apuntado anteriormente entrará en vigor el día 1 de enero 2017.