Retención de Sueldo
Hace unas semanas atrás, nos llegó la siguiente consulta,
- Buenas tardes doctores, que procede ante la retención de sueldo de jubilación de una persona de la tercera edad ya que está vendió 2 vehículos y los nuevos dueños no hicieron cambio de nombre y por falta de pago de impuesto están procediendo a retenerle su sueldo de jubilación. Le agradecería mucho la opinión de Pantoja & Asoc. Srl..
En virtud a ello, se puede colegir, que:
En Bolivia, los sueldos de jubilación están protegidos por ley y no pueden ser retenidos fácilmente, salvo en casos excepcionales. De acuerdo a la normativa boliviana, las pensiones de jubilación se consideran inembargables, excepto por deudas relacionadas con:
- Alimentos (por ejemplo, pensión alimenticia a hijos o cónyuge).
- Deudas específicas que la ley permita, bajo ciertas condiciones.
En este caso, si la retención está ocurriendo sobre una pensión de jubilación y es por un impuesto de vehículo, se está violando la normativa que protege este tipo de ingresos, considerando que el salario es inembargable por mandato constitucional, Art. 48 parágrafo IV “Los salarios o sueldos devengados, derechos laborales, beneficios sociales y aportes a la seguridad social no pagados tienen privilegio y preferencia sobre cualquier otra acreencia, y son inembargables e imprescriptibles” (…). Por otro lado, el 179 del CPC, dispone: “(Bienes inembargables) Son bienes inembargables: 1) El ochenta por ciento del total mensual percibido por concepto de sueldo o salario, excepto el caso de la asignación por asistencia familiar en que el embargo podrá ser mayor de dicho porcentaje. (…).
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Se debe considerar, la inembargabilidad del salario tiende además a garantizar no sólo los derechos del trabajador, sino también, de cuantas personas dependan de él; es decir, si el trabajador resulta ser padre de familia, entonces, su salario mensual constituye una garantía para la existencia digna de su entorno.
En resumen, en Bolivia no es permitido retener sueldos de jubilación por deudas tributarias de manera automática, y existe protección legal para esos ingresos. Según normativa tributaria y de pensiones, y que tu cliente presente la documentación correspondiente para liberar la retención y desvincularse del vehículo.
Por lo que, en este tipo de casos se debe Iniciar un proceso Administrativo, ante autoridad competen, solicitando a su vez el descongelamiento de la cuenta bancaria.
Si estas pasando por este tipo de irregularidades, no dudes en comunicarte con nosotros.
Dra. Arlette Pantoja