REVISIÓN DE DOCUMENTOS CONTABLES POR EL IMPORTADOR

Les doy esta alerta sobre REVISIÓN DE DOCUMENTOS CONTABLES POR EL IMPORTADOR


Antes de enviar los documentos contables es preciso que el importador los revise por intermedio de su contador:

 

Específicamente el Reglamento para Valoración Aduanera dispone:

 

“Artículo 12-B.-

Para la acreditación del precio realmente pagado o por pagar por las mercancías importadas ajustado de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC, la Administración Aduanera considera las siguientes situaciones:

a) Se presente o exhiba la documentación vinculada al valor de transacción que haya sido requerida por la Administración Aduanera o que debe ser presentada conforme a la normativa vigente.

b) No se verifiquen discrepancias u omisiones entre el contenido de la factura comercial, documento de transporte o póliza de seguro, y los libros y registros de contabilidad del importador o de terceros.

c) El importador no omita llevar los libros y registros contables, otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por resolución de superintendencia de la SUNAT vinculados a la transacción internacional que involucra la importación. Esta omisión incluye al sistema, programa, soporte portador de microformas grabadas, soporte magnético y demás antecedentes computarizados de contabilidad que sustituyan a los referidos libros o registros.

d) Se cumpla con presentar o exhibir la documentación contable. En caso de pérdida, robo o destrucción de los libros y registros contables deberá presentar la denuncia policial emitida dentro del plazo de ley y no en fecha posterior a la notificación de la SUNAT.

e) La factura comercial reúne los requisitos previstos en el Reglamento Comunitario de la Decisión 571 y en el presente Reglamento.

f) La información contable esté preparada conforme a los principios de contabilidad generalmente aceptados.

g) Otras situaciones debidamente justificadas por la Administración Aduanera.”

 

Para facilitar la evaluación de los documentos contables aconsejo que el contador evacúe un informe donde detalle el cumplimiento de lo anterior, a falta de dicho informe será muy difícil contradecir las observaciones de la aduana que precisan de un conocimiento especializado de contabilidad

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