SIRA - Sistema de Importaciones de la República Argentina
En el proceso de solicitud de una declaración SIRA la AFIP validará lo siguiente:
Superado el control, podrá continuar con el registro de la declaración SIRA. Si el importador no superara dicho control podrá manifestar su disconformidad mediante un trámite en el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA) en el plazo de DIEZ (10) días, mediante presentación fundada.
Las pautas a seguir para efectuar el trámite en el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), estarán disponibles en el micrositio “SIRA” del sitio “web” de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (http://www.afip.gob.ar), el cual contemplará la posibilidad de presentaciones de los importadores que no superaran los controles previstos en el presente artículo.
Luego de que la SIRA sea oficializada tomará intervención la Secretaría de Comercio que analizará las presentaciones efectuadas en los sistemas de monitoreo y trazabilidad y las destinaciones de importación registradas por el importador.
En la declaración, el importador debe informar el plazo en días corridos entre el despacho oficializado y la fecha estimada de acceso al MULC para el pago de la importación.
Las SIMI que a la fecha se encuentren en estado OFICIALIZADA u OBSERVADA pasarán a estado ANULADA y deberán registrarse nuevamente mediante SIRA.
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Las SIMI que se encuentren en estado SALIDA mantendrán su validez excepto para aquellas declaraciones que la AFIP considere que debe aplicarles las validaciones referidas al Perfil de Riesgo Aduanero, las cuales volverán al estado OFICIALIZADO, a los efectos de ser reevaluadas.
Cuenta Corriente Única De Comercio Exterior.
Se definió asimismo la creación de una Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior en la que los bancos deberán consultar y registrar el importe en pesos de cada una de las operaciones cambiarias en el momento que se efectúan.
La AFIP realizará validaciones sistémicas sobre el mismo indicando una de dos posibilidades.
a) Validado: Indica que los datos ingresados superaron los controles sistémicos, asignándose a la operación un número de transacción.
b) Con Inconsistencias: Indica que no se han superado los mencionados controles, detallando el/los motivo/s correspondiente/s que deberán ser consultados en el servicio MOA de AFIP por el importador.
SIRASE. Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior
Se creó un sistema similar para el pago de las operaciones de servicios provistos en el exterior.
Finalmente se creó el Comité de Seguimiento y Evaluación integrado por AFIP, Secretaría de Comercio y el BCRA para monitorear la aplicación de la presente medida que deberá dictar su reglamento interno dentro de los próximos 30 días.
La presente Resolución Conjunta General entró en vigencia el día de ayer y se aplicará para las registraciones efectuadas a partir del 17 de octubre de 2022, inclusive.