Transferencias de inmuebles y vehículos: AFIP actualizó los montos a informar.
La Administración Federal de Ingresos Públicos comunicó que se actualizaron los valores mínimos para declarar operaciones de compraventa de motos y autos, como así también, los valores mínimos para los cuales debe de solicitarse el CETA (Certificado de Transferencia de Automotores) y el COTI (Código de oferta de transferencia de inmuebles).
La actualización se realizará tomando en consideración el IPC publicado por el INDEC, de acuerdo a lo dispuesto por la RG AFIP 5362.
Para la transferencia de automotores se deberá obtener el CETA cuando el precio de la transferencia o su valor según la tabla de valuaciones para el calculo de aranceles (el mayor de ellos), resulte igual o superior a $10.919.766.
En el caso de operaciones de intermediación y compraventa de vehículos automotores usados deberán ser informadas las operaciones a partir de los $2.669.276 y las de moto desde los $1.091.977.
Para operaciones inmobiliarias, el COTI se deberá gestionar cuando el precio consignado o la base imponible fijada para el pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares, o del impuesto de sellos que graven la transmisión del mismo o el valor fiscal vigente del inmueble de que se trate sea igual o superior a $22.810.177.