Viernes de Tesis – 20 de octubre – Semanario Judicial de la Federación
En #ViernesdeTesis de 20 de octubre de 2023 te compartimos los criterios más relevantes publicados por la Suprema Corte, los Plenos Regionales y Tribunales Colegiados:
1️⃣ Los actos que se fundan en una norma declarada inconstitucional por la SCJN, pueden impugnarse a elección por el juicio de amparo o por denuncia por incumplimiento a la Declaratoria General de Inconstitucionalidad.
2️⃣ La jurisprudencia de la SCJN es obligatoria para los Tribunales Colegiados y demás órganos jurisdiccionales, aun cuando estimen que fue indebidamente compilada.
3️⃣ Cuando en un Tribunal de Amparo se recibe una demanda que tiene relación con otra previamente admitida en ese órgano con el mismo quejoso, actos y autoridades responsables, válidamente puede desecharse (Litispendencia).
4️⃣ Al desahogar la vista en términos del art. 64 de la Ley de Amparo, es posible plantear la inconstitucionalidad del precepto en que se sustenta la causal de improcedencia, sin la necesidad de que preceda un acto de aplicación, como tal, de la norma impugnada.
5️⃣ La caducidad en materia civil opera cuando el demandado aun no haya sido emplazado a juicio.
6️⃣ La compensación en costas procede bajo el criterio subjetivo en un juicio ejecutivo mercantil en el que se decreta la caducidad de la instancia, cuando dos sociedades co demandadas tienen el mismo apoderado y la que pretende obtener la condena relativa a su favor realiza conductas omisivas que retardan el emplazamiento de la otra.
Recomendado por LinkedIn
7️⃣ La demanda de nulidad puede presentarse en cualquier momento en contra del acuerdo de inclusión en la lista de personas bloqueadas a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, mientras subsista la afectación, al ser un acto de tracto sucesivo.
8️⃣ El plazo de dos años para exigir la reparación del daño (art. 1934 Código Civil CDMX), no es aplicable en los casos de responsabilidad civil extra contractual derivados de afectaciones a la salud o integridad personal (prescripción negativa).
Resumen preparado por nuestras asociadas del área de Litigio y Resolución de Controversias, Cinthya González Vera y Daniela Pineda Robles.
Para más información sobre Litigio, escríbenos a: jbonequi@bgbg.mx y esosa@bgbg.mx
Visita el área de LITIGIO Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS