👁¿Qué debe incluir obligatoriamente el Etiquetado de los Complementos Alimenticios?

👁¿Qué debe incluir obligatoriamente el Etiquetado de los Complementos Alimenticios?

Es importante recordar que en España, los complementos alimenticios están regulados por los Reales Decretos 1487/2009 y 130/2018, además de la Directiva Europea 2002/46/CE y el Reglamento Europeo 1169/2011.


El etiquetado de los complementos alimenticios debe incluir la siguiente información obligatoria:

Denominación del producto: el nombre del producto que se va a comercializar.

Modo de empleo.

Dosis del producto recomendada para consumo diario.

Lista de ingredientes: los ingredientes que se han utilizado en la fabricación del producto, ordenados según su cantidad.

Cantidad neta del producto: el peso, volumen o cantidad de unidades del producto que se incluyen en el envase.

Fecha de caducidad o de duración mínima: la fecha límite en la que se puede consumir el producto sin que se altere su calidad o seguridad.

Denominación de los nutrientes o sustancias que caractericen el producto y su cantidad por dosis recomendada para consumo diario.

Lote.

Condiciones de conservación: las recomendaciones para la conservación y/o uso del producto.

Datos del fabricante o distribuidor: nombre o razón social, dirección y país de origen.

▶Las siguientes advertencias: "No superar la dosis diaria recomendada"; "Los complementos alimenticios no deben utilizarse como sustituto de una dieta equilibrada"; "Mantener fuera del alcance de los menores".


El etiquetado de los complementos alimenticios debe ser claro, preciso y no inducir a error al consumidor, y que la información proporcionada no puede atribuir propiedades preventivas, terapéuticas o curativas a las sustancias que contienen, ya que sólo los medicamentos pueden tener esas propiedades reconocidas por las autoridades sanitarias.

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