Cambios en las reglas del uso del Crédito Fiscal. El Decreto Legislativo N°1669 recientemente publicado, introdujo cambios en las reglas del uso del crédito fiscal, el cual indica que, debe utilizarse el crédito fiscal en el mes de la emisión del comprobante de pago, y por tanto, ya no se cuenta con el plazo de doce meses. Algunos aspectos importantes de esta norma, son: ✅ Si bien actualmente la gran mayoría de los comprobantes de pagos son electrónicos, para aquellos contribuyentes con volúmenes altos de comprobantes de compras y/o ventas, va a ser necesario el uso de tecnología para conciliar el SIRE y sus libros de compras; pues el riesgo de perder el uso del crédito fiscal es muy oneroso. ✅ Está primando el requisito formal antes que el sustancial, lo que va a originar probablemente, mayores procesos contenciosos con SUNAT por pérdida del crédito fiscal; pues existe jurisprudencia reciente a favor del contribuyente en ese aspecto. ✅ Va a originar mayor carga operativa, estrés y presión para las áreas contables y tributarias. No hay margen de error, si un comprobante emitido en un mes se registra en el mes siguiente, ya no puedes usar el crédito fiscal. ✅ Si bien la norma indica que tiene por finalidad facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, relacionadas con la anotación de operaciones en el Registro de Compras, me da la impresión que ocurrirá todo lo contrario, sobre todo a contribuyentes con mucho volumen de información. ✅ Hay que estar atento a la Resolución SUNAT que regulará este Decreto Legislativo, para que entre en vigencia esta norma. Miguel Cosio Jara - Socio de Cumplimientos Tributarios BKR - Santivañez #CréditoFiscal #DecretoLegislativo #Cambios #Comprobantes #Pago #SIRE #Sunat #RegistroDeCompras #Contribuyentes #Norma
El d.l se acopla a la tecnología ya que desde enero 2025, todos los contribuyentes presentarán sire, con en ese medio sunat nos dará como propuesta las compras realizadas en formato electrónicas, por eso es correcto que el derecho del crédito sea en el mismo mes, en las facturas manuales, que son los contribuyentes nuevos en ese caso si me parece exagerado dar un plazo de 02 meses, se debió dejar el plazo de 12 meses.
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2 mesesEstoy de acuerdo, con el comentario del señor MIGUEL, se va dificultar mucho el reconocimiento del crédito fiscal a las empresas que realizan operaciones a nivel nacional, situación que va originar no solo reclamaciones ante el Tribunal fiscal, sino que la contabilidad esté incierta hasta la resolución de los reclamos de los contribuyentes. Estimo que esta medida, ha sido tomada, con la finalidad de aumentar la recaudación fiscal, pero no tomando en cuenta la realidad en desarrollo comercial de las empresas a nivel rendiciones de cuenta y a nivel operaciones desconcentradas, lo que pondrá en riesgo los márgenes de operatividad empresarial.