Publicación de El Agravio Fiscal

¿Puede la autoridad fiscal incrementar el monto de un impuesto originalmente determinado? Una persona demandó vía juicio de nulidad federal la determinación ―en cumplimiento a una sentencia― de un crédito fiscal. En esencia, la parte actora argumentó que la nueva determinación contravenía el principio non reformatio in peius, (principio que prohíbe al juzgador superior agravar la situación jurídica del apelante) ya que la autoridad incrementó el importe histórico de una contribución que fue determinada en una cantidad menor.   ¿Qué resolvió el Tribunal Federal de Justicia Administrativa?[1]   Señaló que el concepto de impugnación era fundado; para ello, la Sala introdujo la parte medular de la determinación del crédito fiscal: en 2016 se determinó a la parte actora un importe histórico por concepto de Impuesto sobre la Renta a cargo de $2’237,424.64; mientras que en la nueva resolución se determinó un importe histórico por concepto de Impuesto sobre la Renta a cargo de $9’507,960.91.   Es decir, en la resolución en cumplimiento, la autoridad demandada incrementa el importe histórico de una contribución que fue determinada originalmente en una cantidad menor en la resolución declarada nula; con lo cual contravino el principio non reformatio in peius.   Así, en el caso (...) Para continuar leyendo siga la fuente: https://lnkd.in/eMEkxx-Z

¿Puede la autoridad fiscal incrementar el monto de un impuesto originalmente determinado?

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