Publicación de Ramón Domí­nguez Hidalgo

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Socio en Litigación Laboral y Civil en Domínguez & Cía Abogados

Desde la pandemia del Covid-19, se ha hecho costumbre en los juzgados civiles mantener el probatorio abierto cuando existen diligencias pendientes, pese al claro texto del art. 432 del Código de Procedimiento Civil ("Vencido el plazo a que se refiere el artículo 430, se hayan o no presentado escritos y existan o no diligencias pendientes, el tribunal citará para oír sentencia"). De esta forma, en la práctica los probatorios se eternizan, lo que es contrario a la finalidad de acortar los plazos de tramitación que tuvo en mente la ley 18.705. Debe aplicarse la ley.

Juan Ignacio Eymin A.

Director Grupo Judicial en Morales & Besa

3 meses

Desde la pandemia? Por lo menos desde que yo empecé a procurar en Santiago (casi 20 años) y desde entonces siempre ha sido así. En regiones respetan más eso. Ahora, el tema es que es bien ilusorio hoy por hoy tener probatorios de 20 o 8 días si tienes que tomar testimoniales o si se tiene que hacer un peritaje. Saludos

...en rigor, desde décadas antes de la pandemia. El problema es que el CPC no "conversa". Por ejemplo, también exige que el perito acepte en 3 días, se consigne en 10, se cite al reconocimiento y que el juez fije plazo de entrega. Todo ello es imposible que ocurra antes de las observaciones. Lo mismo con el entorpecimiento de testigos, un derecho que está expresamente consagrado. ¿Por qué tendría que primar, necesariamente, el 432 en vez de esas otras normas?

Luis Guínez

Fue a Pontificia Universidad Católica de Chile

3 meses

Si es que existen diligencias probatorias pendientes es bueno que el termino probatorio se mantenga por el derecho de las partes para aportar prueba conforme a un debido proceso establecido en la Constitución.

Ignacio Pérez-Iñigo Baraona

Abogado en Pérez-Iñigo & Cía. - Abogados

2 meses

Ramón Domí­nguez Hidalgo por eso es conveniente, a mi juicio, pedir término probatorio extraordinario.

Joaquín Orellana Contreras

Licenciado en Derecho. Universidad Mayor

2 meses

Buenas tardes, una pregunta desde mi posición de estudiante. La extensión del término probatorio tambien afecta a los procedimientos sumarios? Considero que si la respuesta es afirmativa, el problema es aun más grave, saludos y muchas gracias!

También está la mala costumbre de que llegue el último día del probatorio para que las partes presenten toda la prueba. Debería incluirse una regla similar a la de la lista de testigos para que, en caso de tener que absolver posiciones o solicitar informe de peritos, necesariamente deba solicitarse dentro de los primeros días.

Matias Correa Cruz

Abogado experto en litigios e inmobiliario (Profesional independiente)

3 meses

Sin perjuicio de ello, las partes, en especial la demandante puede pedir que se cite a oír sentencia. Hay una discusión no menor respecto de ello, a propósito del abandono del procedimiento.

Marco Antonio Salas Muñoz

𝗔𝗯𝗼𝗴𝗮𝗱𝗼, 𝗠𝗮𝗴𝗶𝘀𝘁𝗲𝗿 𝗗° 𝗗𝗮ñ𝗼𝘀, Diplomado Resp. Civil Extrac.; Diplomado D° Trabajo;𝗝𝘂𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗔𝗹𝘁𝗮 𝗖𝗼𝗺𝗽𝗹𝗲𝗷𝗶𝗱𝗮𝗱: Hipotecarios; Laborales, Inmobiliario; Celular +𝟱𝟲𝟵 𝟯𝟯𝟴𝟴𝟮𝟮𝟱𝟯

3 meses

Totalmente de acuerdo con lo que comentas y planteas. Me ocurrió que en un juicio sumario demoraron y extendieron 8 meses el término probatorio.

Mario Giannetti Faundez

Freelance en Consultoría y diseño

2 meses

Nuestra justicia civil es desde el tiempo del virreinato del peru

Nicole Carle

Abogada Laboral Senior / Especialista en Derecho Laboral & Migratorio / Compliance Laboral / Magíster en Derecho Laboral y Seguridad Social UAI / WLL Woman Labor Law

2 meses

Concuerdo contigo Ramón!

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