ABC del impuesto a los ultraprocesados
En Softpymes te contamos todo sobre el impuesto que rige a partir del 1 de noviembre de 2023
¿Qué es?
📌 Este impuesto tiene como objetivo gravar productos comestibles ultraprocesados con altos niveles de ingredientes perjudiciales para la salud, como azúcares, grasas saturadas y sodio.
Se aplica en la producción, venta, retiro de inventario y transferencia de productos con altos niveles de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.
Los responsables son los productores y/o importadores.
La tarifa del impuesto para los alimentos varía entre el 10% y el 20% gradualmente hasta el año 2025, y se calcula con base al precio de venta. En el caso de las bebidas, el cálculo se realiza en pesos según el volumen en mililitros y el contenido de azúcar.
Se causa en la emisión de la factura y no genera impuestos descontables en el IVA. Además, se establecen disposiciones sobre la donación de productos y el tratamiento de operaciones anuladas.
El impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas constituye para el comprador un costo deducible en el impuesto sobre la renta como mayor valor del bien, en los términos del Artículo 115 de este Estatuto.
¿Cómo será su declaración?
📌 Para facilitar este proceso, la DIAN crearía el Formulario No. 505 “Impuestos a la importación de bebidas ultraprocesadas azucaradas y productos comestibles ultraprocesados”, el cual se presentaría simultáneamente con los formatos de declaración de importación correspondiente.
El proceso sería rápido y sencillo. Si eres importador de productos, solo deberás agregarlo junto con:
Formulario 500 “Declaración de Importación”.
Formulario 510 “Declaración de Importación Simplificada”.
Formulario 520 “Declaración para la finalización de los sistemas especiales de Importación – Exportación”.
La “Declaración Especial de Importación”, según corresponda.
⚠️ De la misma manera, deberás prescribir el formulario No. 690 V9 “Recibo oficial de pago de tributos aduaneros y sanciones cambiarias”, únicamente para el pago del Impuesto Saludable.
¿Cuáles son las tarifas y la fecha de implementación?
⚠️ A partir del 1 de noviembre de 2023 el pago de los impuestos de bebidas y alimentos ultraprocesados estarán en plena vigencia, por lo cual las empresas deben prepararse de mejor forma para venderlos.
A partir del 2023, esas se modificarán anualmente de la siguiente manera:
2023:
-Entre seis y diez gramos de azúcares añadidos: $18 por cada 100 ml.
-Diez o más gramos de azúcares añadidos: $35 por cada 100 ml.
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2024:
-Entre seis y diez gramos de azúcares añadidos: $28 por cada 100 ml.
-Diez o más gramos de azúcares añadidos: $55 por cada 100 ml.
2025:
-Menos de cinco gramos de azúcares añadidos: $0 por cada 100 ml.
-Entre cinco y nueve gramos de azúcares añadidos: $38 por cada 100 ml.
-Nueve o más gramos de azúcares añadidos: $65 por cada 100 ml.
⚠️ A partir del 2026, estas tarifas se ajustarán anualmente el 1 de enero, reflejando el mismo porcentaje de aumento que la Unidad de Valor Tributario – UVT. La DIAN emitirá un acto administrativo para especificar el porcentaje de incremento de la UVT y los valores actualizados de las tarifas.
¿Porqué es un impuesto monofásico?
📌 Estos impuestos no son deducibles para los importadores y se aplican en diferentes fases de producción o comercialización. En el caso de productos producidos en zona franca e importados al territorio aduanero nacional, el ICUI se causa al momento de la nacionalización del bien.
Ejemplo 1:
Imagina que eres el propietario de una empresa que fabrica bebidas azucaradas en Colombia. Cuando fabricas tus bebidas, debes calcular cuánto azúcar contienen por cada 100 ml.
Si el contenido de azúcar supera un límite establecido por la ley, deberás pagar un impuesto adicional por cada botella vendida. Pero para tu comprador será un mayor valor del costo.
Ejemplo 2:
Supongamos que eres una empresa en Colombia que se dedica a la importación de productos comestibles ultraprocesados, por ejemplo, galletas con altos niveles de azúcar y grasas saturadas desde otro país con la intención de venderlos en el mercado. Cuando importas estos productos, debes tener en cuenta los Impuestos Saludables, como el Impuesto a los Productos Comestibles Ultraprocesados Industrialmente (ICUI).
En este caso:
Tu empresa importadora es la encargada de traer los productos comestibles ultraprocesados a Colombia.
El vendedor sería la empresa extranjera que suministra los productos.
El impuesto se causa en el momento de la nacionalización de los productos, es decir, cuando los productos ingresan al territorio colombiano. En la declaración de importación, la empresa importadora debe informar el contenido de azúcar, grasas saturadas, sodio u otros criterios nutricionales relevantes de los productos importados.
En Pymes+ nos actualizamos con la normativa y en nuestro sistema ya puedes configurar y contabilizar en ventas el Impuesto a los productos Comestibles Ultraprocesados.