Acumulación del crédito anual de formación continua | Asesor Informa 3.0
Como seguramente ya sepas, tu empresa dispone de un crédito para gastar en formación todos los años. Este crédito se calcula de la siguiente forma:
En el caso de empresas ya en funcionamiento, el calculo se realiza en función de su tamaño de esta forma se aplica un porcentaje sobre las cotizaciones por formación profesional efectuadas en el año anterior.
Pero si tu empresa es de nueva creación o has abierto nuevos centros de trabajo e incorporado nuevos trabajadores dispondrás de un crédito que viene determinado por la ley de presupuestos generales del estado, pero además es importante recordar que todas las empresas con menos de 50 trabajadores podrán acumular el crédito anual de formación continua.
Para ello, tienen que comunicar la voluntad de acumularlo antes del 1 de julio del presente año y una vez realizada dicha comunicación se podrá disponer del total del crédito de formación acumulado al siguiente ejercicio o los dos siguientes.
Para cualquier consulta relacionada con este tema ponte en contacto con nosotros en CE Consulting podemos asesorarte. Si quieres conocer más sobre la formación bonificada no te pierdas este post.
Si lo prefieres te lo explicamos en poco más de un minuto en este vídeo:
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