Aprobada la nueva Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

El pleno del Senado ha aprobado definitivamente el proyecto de ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales concebido para mejorar la privacidad de las personas en el nuevo entorno virtual y adaptar así el ordenamiento español a la nueva legislación europea.

Con la Aprobación y publicación de esta ley en el BOE quedará, en los próximos días, derogada la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

En esta nueva ley se establecen cuáles son las categorías de datos especialmente protegidos; tratamientos que revelen el origen étnico o racial, opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, la afiliación sindical, el tratamiento de datos genéticos, los datos Biométricos, los datos de Salud y los datos relativos a la vida sexual o las orientaciones sexuales de una persona.

Aparecen nuevos derechos, como el derecho de limitación del tratamiento, la portabilidad o el derecho al olvido o el testamento digital.

También se desarrollan algunos aspectos que en la ley 15/1999 no existían, y ya obligados por el Reglamento Europeo que entró en vigor en Mayo de este año, determinando que empresas concretas deben de contar con la figura de protección de datos y que afectarán a empresas u organizaciones significativamente.

Se regulan los derechos digitales en el ámbito laboral, como son la obligación de informar al trabajador sobre la existencia de dispositivos de videovigilancia, grabación de voz, geolocalización, limitación de uso de las tecnologías (mensajerías y correos electrónicos en su mayor medida) y reconoce el derecho a la desconexión digital para garantizar el tiempo de descanso y vacaciones de los trabajadores, fuera del horario de trabajo.

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