Comunicación con los hijos. ¿Cómo se pueden solucionar las divergencias entre los progenitores?
Cuando los padres se separan, muchas veces comienzan los inconvenientes en cuanto a la posibilidad de comunicación del progenitor que no convive con los hijos menores de edad y en lo que respecta a la cuota alimentaria debida por el no conviviente, cuando se trata de una responsabilidad parental exclusiva en cabeza de un solo progenitor.
Es tiempo entonces de ir a un abogado, tanto de una parte como de la otra, para que pueda cada uno asesorarse sobre sus derechos y recíprocas obligaciones.
Las siguientes preguntas podrán ser resueltas en una consulta jurídica con un abogado de familia, para que no existan mitos de ningún tipo, ni desinformación:
- No quiero que mi ex se lleve a mi hijo de casa...quiero que lo vea en casa...que no se lo lleve a dormir...que si se lo lleva a su casa, que no haya nadie en la casa mas que él...que no quiero que los abuelos paternos vean al nieto...que si mi ex tiene pareja no quiero que mi hijo tenga contacto con esa persona, etc., etc.
- Si no me paga la cuota alimentaria, entonces no le dejo ver a mi hijo...
- Si se lleva a mi hijo lo mando con la peor ropa, así él le tiene que comprar...
- Que cuando yo le compro ropa o juguetes, después la ropa no vuelve y encima la ropa que le regalo se la vende a los vecinos o se la regala a otra persona...
- Quiero que me pague la cuota alimentaria para mi hijo y además, aparte, la luz, el gas, el teléfono, el wifi, la cuota de la escuela privada, más el alquiler de mi casa...
- Quiero que mi ex me rinda cuentas de cada uno de los importes que gasta en mi hijo, para ver si la plata que le doy no se la gasta ella en ropa o peluquería...
- y un largo etc... de pretensiones infundadas...
Para orientar al cliente, antes que venga a consultar haré un pequeño listado sobre estas situaciones, teniendo en cuenta que lo primordial e ideal siempre es que los padres tengan un buen diálogo para tratar cuestiones de sus hijos:
- El progenitor que debe reestablecer o mantener el vínculo con su hijo luego de la separación del otro progenitor, necesita tener la libertad adecuada para poder vincularse filialmente, sin que haya obstáculos sobre imposición de lugares de visita o exigir la sola presencia exclusiva del progenitor sin que exista nadie mas del entorno familiar del padre o madre que ejercerá la comunicación.
- El hecho de que el otro progenitor no abone la cuota alimentaria, no es impedimento para que se comunique con su hijo. Su hijo no es un rehén de la situación, y por eso existen las acciones extrajudiciales y judiciales que pueden ejercerse para realizar los reclamos de deuda alimentaria que se requieran.
- La situación de los celos por la ropa o los juguetes, es una mezquindad que lo único que logra es perjudicar al niño.
- A la cuota alimentaria deben obligarse ambos padres por partes iguales, ya que ambos deben contribuir por igual a su sustento.
- Nunca pida que la madre o padre de sus hijos le rinda cuentas acerca de lo que gasta en el menor, peso por peso, y si tiene dudas acerca de los gastos, sepa que la cuota alimentaria además de abonarse con dinero puede contribuirse en especie, o bien puede encargarse del pago de ciertas cuentas personalmente, tal como el colegio privado, por ej.
La presente nota no es más que un racconto de causas en las que intervine, que lo que busca es que sirva para reacomodar las situaciones conflictivas posteriores a la separación, cuando hay hijos menores de por medio, y solo un consejo legal desde mi humilde labor.