¿Cuánto y cuándo se realiza el pago de las utilidades a los trabajadores?
✍ Miguel Juape
En el Perú, el Estado reconoce como un derecho de los trabajadores el de participar en las utilidades de la empresa y promueve otras formas de participación conforme se detalla en el artículo 29 de la Constitución Política del Perú. Asimismo, existe un desarrollo legal con el Decreto Legislativo N° 677 y el Decreto Legislativo N° 892.
Las condiciones
De esta manera, los trabajadores que participan en la riqueza del empleador a través de su trabajo, tienen el reconocimiento de una participación siempre que se cumplan ciertas condiciones:
¿Cuánto se paga?
El porcentaje determinado por la actividad de la empresa se divide en función a los días efectivamente laborados por los trabajadores y a las remuneraciones percibidas por los trabajadores y el monto total de la planilla.
Cabe indicar que se consideran como días efectivamente laborados: licencias sindicales, inasistencia debido al cierre de local por infracción tributaria del empleador, días no laborados por despido nulo, hora de lactancia, suspensiones por casos fortuitos o fuerza mayor, licencia a los miembros del comité y supervisores de seguridad y salud en el trabajo, descanso médico por accidente o enfermedad del trabajador.
El límite de pago de utilidades por trabajador es de 18 remuneraciones mensuales vigentes del cierre del ejercicio por cada trabajador.
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¿Cuándo se paga?
El pago de las utilidades a los trabajadores o del exceso de las 18 remuneraciones (al Fondoempleo) debe efectuarse dentro de los 30 días del vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Para el ejercicio 2022 los vencimiento en el 2023 son:
Sin embargo, desde el ejercicio fiscal 2002, por motivos tributarios, si el empleador busca deducir como gasto este pago al ejercicio de cálculo, debe abonarlas a los trabajadores antes del vencimiento de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
Por esta razón, si bien las normas laborales disponen que el pago se debe realizar como máximo a 30 días después de la declaración al fisco, las empresas suelen adelantar el pago para poder considerar ese monto como gasto.
Bibliografía
Castillo, J., Coloma, E., Demartini, F., Flores, R., & Pineda, L. &. (2022). Régimen Laboral Peruano Explicado guía completa que contiene el desarrollo integral de toda la normativa sobre instituciones y figuras relacionadas con el Derecho del Trabajo. Lima: Gaceta Jurídica S.A.
Toyama, J., & Vinatea, L. (2022). Guía Laboral para asesores legales, administrativos, jefes de recursos humanos y gerentes. Lima: Gaceta Jurídica S.A.