La Corte Constitucional declaró inexequible la norma que prohibía la deducción de las regalías en el impuesto de renta del sector extractivo

La Corte Constitucional declaró inexequible la norma que prohibía la deducción de las regalías en el impuesto de renta del sector extractivo


El 16 de noviembre de 2023 la Sala Plena de la Corte Constitucional mediante sentencia C-489 de 2023 -con ponencia de los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger- declaró inexequible el parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022 “Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones”.

 

Es importante recordar que, esta norma establecía a grandes rasgos que la contraprestación económica a título de regalía contemplada en los artículos 360 y 361 de la Constitución no sería deducible del impuesto sobre la renta, ni tampoco se consideraría como un costo o gasto para los contribuyentes, sin diferenciar la denominación del pago, ni del tratamiento contable o financiero que se le diera, independientemente de su forma de pago (dinero o en especie).

 

Con respecto a la toma de la decisión, el magistrado Juan Carlos Cortés González salvó su voto y la magistrada Natalia Ángel Cabo se apartó parcialmente de la decisión; asimismo, reservaron aclaración de voto la magistrada Diana Fajardo Rivera, y los magistrados Antonio José Lizarazo Ocampo, José Fernando Reyes Cuartas y Alejandro Linares Cantillo.

 

Estaremos atentos de la publicación del fallo para conocer las razones puntuales expuestas por la Sala Plena y que derivaron en la inexequibilidad de la norma que prohibía la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables.


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