REGULACIÓN DEL CANNABIS: PELIGROS SOBRE LA LEGISLACIÓN ACTUAL
Es perfectamente entendible que los avances en materia de regulación sobre el cannabis nos entusiasme por demás, no sólo por los avances locales, sino que todos los entusiastas leemos con ilusión lo que sucede en otras latitudes, más de la mitad de los Estados norteamericanos han legalizado el uso adulto, Alemania viene presionando mucho a la Unión Europea para encuadrar en el marco jurídico de la eurozona sus deseos liberadores de la planta para el uso adulto. Sin ir más lejos, nuestro más próximo vecino, Uruguay, fue el primer país del mundo en avanzar en ese sentido. Canadá es otro ejemplo que alcanzó ese nivel en el 2018, pero no podemos soslayar que comenzó con la etapa medicinal en el 2001, fueron 17 años de recopilación de datos y de análisis sobre el desarrollo del sector, tampoco que Estados Unidos no ha avanzado mucho a nivel federal, ni en lo medicinal y menos en lo recreacional. Hay muchas iniciativas en el congreso que por H o por B terminan truncas, tal es el caso de la reclasificación en el listado de sustancias controladas solicitada por el Presidente Biden (parecería que avanza) y la reforma bancaria para que los actores del sector puedan contar con el financiamiento y herramientas tradicionales (hay buenos indicios también).
Teniendo ya la primera etapa del cannabis medicinal y del cáñamo industrial superada en la Argentina, es lógico que los históricos militantes del sector 420 se ilusionen con el avance del uso adulto en el país. Pero también, al momento de materializar esos deseos se debe considerar la coyuntura de cada uno de esos casos, tanto socio-económica, cultural, y sobre todo, en la forma de administrar las políticas públicas, o legitimidad de los gobernantes para avanzar en tal o cual sentido. Muy difícilmente se pueda avanzar mucho más con la poca información que ha circulado entre la sociedad argentina sobre los riesgos y beneficios de la legalización total de la planta y si se trata de forzar, puede generar efectos contrarios.
Hoy salió publicado en el portal Infobae un artículo que daba cuenta del allanamiento y desmantelamiento de una sala de cultivo en Rosario administrada por un ingeniero y su hermano contador, quienes estaban autorizados por el REPROCANN, pero no daban más detalles sobre la figura jurídica. Si eran meros pacientes autorizados al autocultivo, podrían tener como máximo 9 plantas florecidas cada uno o 6 mts2 cada uno ya que era Indoor, sin embargo la noticia afirma que eran más de 500 plantas. Puede ser un grave exceso, pero a las claras, sin autorización de la Ariccame o Ministerio de Salud o Inase en alguna de las categorías que habilitan a dicho volumen, o como Asociación Civil sin fines de lucro lo cual deberían tener registrados y asociados por lo menos a más de 45 pacientes, puede sospecharse que era una maniobra encubierta para comercializar por fuera de la normativa.
Los abogados somos muy consultados sobre cuáles son las formas de producir legalmente, y las asociaciones civiles suelen ser la forma más rápida de contar con un paraguas legal para hacerlo, lo que suelen llamarse “clubes cannábicos”, lo cual no es tan conveniente usar ese término ya que tiende a asociarse a un club social, por consiguiente al uso recreativo de la planta. Todavía penado bajo la ley argentina.
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Como profesionales del derecho, pero aún más importante, como actores del sector que queremos desarrollar un sector pujante, transparente, sano y con baja resistencia social antagónica, debemos ser muy cautelosos a la hora de asesorar. Así como es simple registrar una ONG vinculada a la salud, esa misma simpleza puede ser aprovechada por narcotraficantes con motivos comerciales, entonces estaríamos favoreciendo justamente lo que queremos evitar, el crecimiento de organizaciones criminales en argentina que ponga en vilo a la salud pública y a la seguridad de los jóvenes, especialmente en zonas vulnerables donde ya han proliferado considerablemente.
Ésta falta de responsabilidad puede servir de excusa a un eventual nuevo signo político que gobierne, para frenar o incluso poner marcha atrás en muchos de los derechos hoy ganados.
A mayores derechos, mayor responsabilidad. Las asociaciones civiles vinculadas a la salud no sólo están regidas por lo normado en la ley 27350, en la 27669 o en las disposiciones y resoluciones que dicten los órganos competentes, hay legislación específica sobre la confidencialidad de los registros de los pacientes en cuestiones de salud que conllevan una importante responsabilidad, también mecanismos de seguridad y recomendaciones por parte de las autoridades con competencia en la materia. No se trata de crear una ONG y ya está, se puede hacer todo lo que se quiere.
Sin buenas prácticas en el sector, todo se vuelve cuesta arriba y la impaciencia nos puede jugar en contra a todos.