Se hace realidad la normalización operativa entre los estándares ESRS y los GRI en los informes de sostenibilidad
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Se hace realidad la normalización operativa entre los estándares ESRS y los GRI en los informes de sostenibilidad


                  

DECLARACIÓN CONJUNTA EFRAG-GRI DE INTEROPERABILIDAD

El EFRAG y el GRI reconocen que han logrado un alto nivel de interoperabilidad entre sus respectivas normas en relación con los informes de impacto, gracias a la estrecha colaboración mantenida durante la elaboración del proyecto de Estándares Europeos para la Elaboración de Informes de Sostenibilidad (ESRS). Han evitado que las empresas tengan que informar dos veces, lo que ha dado lugar a un sistema de información fácil de utilizar y sin excesiva complejidad.

De conformidad con el requisito formulado en la CSRD de adoptar un enfoque de doble materialidad y de tener en cuenta las normas existentes, los ESRS han adoptado la misma definición de materialidad de los impactos que el GRI y han aprovechado la experiencia de los GRI. Por consiguiente, las definiciones, los conceptos y la información sobre impactos del ESRS y del GRI están plenamente armonizados o, cuando no ha sido posible debido al contenido del mandato de la CSRD, lo están estrechamente.

Los actuales declarantes bajo el modelo GRI no tendrán problemas para informar con arreglo a los ESRS, dado el gran número de revelaciones compartidas y el alto nivel de alineación alcanzado. Los impactos materiales de una entidad informante son, en general, el punto de partida para identificar sus riesgos y oportunidades relacionados, que también se exigen desde la perspectiva de la materialidad financiera de los ESRS.

De este modo, los estándares GRI ayudarán a las empresas a cumplir ahora con los estándares ESRS existentes y las prepararán mejor para cumplir con los futuros requisitos europeos de información.

Se considera que las entidades que declaran con arreglo a los ESRS, informan con referencia a los estándares GRI (tal como se definen en el GRI 1). Sobre la base del acto delegado de los ESRS, adoptado el 31 de julio de 2023 por la Comisión Europea, el EFRAG y el GSSB establecerán y pondrán a disposición del público la lista de los requisitos de divulgación y los puntos de datos de los ESRS que se corresponden con los requisitos de divulgación y los puntos de datos de los GRI, e ilustran el alto nivel de coincidencia alcanzado. Esta lista permitirá una información directa con referencia a los estándares GRI.

Los ESRS permiten a las entidades utilizar los estándares GRI para informar sobre temas materiales adicionales contemplados en los GRI que no están cubiertos por los ESRS, como los impuestos. El estándar NERS 1 (§114) y el NERS 2 (§15) permiten la inclusión de información de otros estándares, como los GRI, en las declaraciones de sostenibilidad de los NERS. Esto significa que las entidades pueden informar de conformidad con los estándares ESRS y GRI mediante un único informe.

El EFRAG y el GRI están estudiando actualmente cómo mejorar su cooperación técnica en el futuro. En particular, para simplificar los procesos de información, las dos organizaciones tienen la intención de trabajar en una taxonomía digital y un sistema de etiquetado múltiple de sus respectivos estándares. Las divulgaciones compartidas etiquetadas con arreglo a la taxonomía digital de los ESRS y la taxonomía digital de los GRI podrían cruzarse para permitir un ejercicio de información digital racionalizado por parte del preparador de los informes.



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