¿Siente temor de alquilar su inmueble?
Cuatro de cada cinco propietarios siente inseguridad a la hora de alquilar su inmueble a otra persona.
No es tarea fácil poner en manos de un desconocido la que es nuestra propiedad y esperar que todo vaya sobre ruedas, de ahí que esta inseguridad a la hora de alquilar haya producido que se tomen cada vez mayores precauciones a fin de evitar conflictos.
Es imposible que un propietario en virtud de la redacción de un contrato de arrendamiento pueda eliminar el riesgo de sufrir daños
por supuestos y futuros incumplimietos por parte del arrendatario.
Por más que se pueda tener el contrato más perfecto que se pueda redactar,con todas las clausulas a favor y todas las condiciones que puedan favorecer al propietario, por eso mi labor como profesional inmobiliario es mitigar el riesgo.
Esta mitigación de los daños tiene 2 etapas:
> Antes de firmar el contrato de alquiler.
Donde se debe hacer una exhaustiva indagación sobre la persona a la cual estamos entregando nuestra propiedad en alquiler.
Verificación del estado economico y financiero de nuestro posible inquilino. Solicitar boletas de pago de los 3 ultimos meses, en caso sea independiente los pagos de pdt´s mensuales y la declaracion jurada anual. Es importante verificar en las centrales de riesgo su condición crediticia, la suma de las deudas(prestamos personales, tarjetas de crédito,otras deudas) teniendo como parametro que en tarjeta de crédito, credito vehicular o prestamo personal el monto aproximado a pagar mensual(minimo) es el 5% del valor total de la deuda. En caso tener una deuda por crédito hipotecario el monto a pagar mensual es de aproximadamente el 1% del valor financiado.
La valor del pago de las deudas más el valor del monto a pagar por arrendamiento no debe exceder del 35% - 40%
Es importante verificar el tiempo que tiene en el trabajo (estabilidad), asi como el cargo y principalmente el tipo de empresa donde labora. si es una empresa con garantía de continuidad en el tiempo,etc.
Verificar si se encuentra en el Registro de Deudores Judiciales Morosos, o si tiene alguna demanda por alimentos u otras razones.
> A la firma del contrato de alquiler.
Este es el documento más importante, por lo que hay que tener en cuenta que de su redacción depende que los riesgos se mitiguen.
Debe quedar en claro los datos de los intervinientes en el contrato de alquiler, tanto los propietarios como los inquilinos.
Nombres completos, numero documentos de identidad, dirección (diferente a la del inmueble arrendado, numero de telefono, correo electronico, etc.)
Tipo de inmueble, direccion exacta del bien a arrendar, caracteristicas del bien.
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Actividad especifica a la que se destinará el bien (vivienda, negocio, almacen,etc.). En el caso de negocio, es importante saber de que tipo es, porque se han visto casos de inicios de procedimientos municipales o tributarios de sanción y multa a dicho establecimiento y el propietario ni enterado hasta despues de desocupado el bien, llegando en algunos casos a estar incluido en procesos coactivos de cobranza.
Fecha de inicio y conclusion del contrato, monto y moneda del pago por concepto de alquiler, pago de los servicios basicos, del impuesto municipal y de mantenimiento(de ser necesario), periodicidad de pago.
Destinada a cubrir gastos por daños al inmueble. Muchas veces, el inquilino pide compensar lo pendiente de pago con la garantía. Eso no hay que aceptarlo. Si después de su salida, el inmueble tiene daños o desperfectos, ya no se dispondrá de dichas garantías para cubrir esa responsabilidad y tendrá que reclamarlos judicialmente.
Establecer que cualquier cambioo modificacion en el inmueble será primeramente consultado con el propietario, adjudicandose este la facultad de reconocer o no lo invertido en dichos cambios. Evite las continuas llamadas del inquilino pidiendo la reparación del enchufe, la persiana, etc... estableciendo en el contrato un importe razonable que delimite cuantitativamente la responsabilidad de las pequeñas reparaciones.
* Por retraso en el pago.
* Por retraso en la devolución del inmueble.
* Por retraso en el pago de los servicios públicos.
* Por utilización del bien en actividades que no son objeto del contrato.
Las penalidades no deben ser generica, más bien debe estar enfocada en una obligación individualizada que genere una determinada sanción economica.
Es un acuerdo expreso entre las partes. Mediante dicha cláusula, el arrendatario se compromete a desocupar inmediatamente el predio , previo requerimiento judicial, si es que se presenta alguna de estas dos causales: conclusión del contrato o resolución del arrendamiento por falta de pago de las rentas convenidas.
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Es tambien importante para el arrendatario que figure estas clausulas dentro del contrato.
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Tras estos consejos y recomendaciones, recuerde que "cada inmueble alquilado posee unas condiciones distintas por lo que la mejor opción es, en cualquier caso, acudir a un profesional especialista que lo asesore según las circunstancias".
Como profesional inscrito en el registro de Agentes Inmobiliarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y saneamiento del Perú (00975-PN), me encuentro preparado para poder ayudarlo a encontrar un inquilino que cumpla con ciertas características que le den la confianza de alquilar su vivienda con el menor riesgo posible.
Ya no tendrá que preocuparse por recibir cientos de llamadas, ni dejar entrar a desconocidos a su vivienda.
Si necesita más información al respecto no dude en ponerse en contacto conmigo que gustosamente responderé a todas sus dudas.