Tras la publicación en marzo pasado del Sistema de Índices de Referencia del alquiler de vivienda (SIRAV) son numerosas las consultas de #arrendadores de #viviendas ubicadas en ZMTV, sobre la aplicación o no de dicha #limitación a las viviendas con una superficie >150m2, dado que la página web del Ministerior no permite el cálculo de la renta para estos casos. Se trata de un ejemplo más de la profunda inseguridad jurídica existente en esta materia causada por una prolífica regulación catalana que después ha sido declarada inconstitucional y nula por falta de competencia. Veamos El RDL 1/2019 de 7 de marzo, excepcionaba de la aplicación preferente de la LAU a los alquileres de vivviendas >300m2. La Ley 11/2020 de 18 de septiembre de Cataluña de contención de #rentas, excepcionaba de dicha limitación a las viviendas de >150m2 útiles en su DA2ª. La STC37/2022, de 10 de marzo, declaró entre otros, la DA2ª nula y de pleno derecho, y declaraba la validez de los contratos celebrados bajo la vigencia de la Ley (FJ8ª) La Ley de 24.05.2023 de derecho a la vivienda, modificaba el art. 17.6 de la LAU y regulaba la limitación de rentas en todo el terrotorio. Por resolución de agosto de 2023 Cataluña declaraba 140 municipios ZMTV. Esta resolución fue derogada por la posterior de 13.03.2024 que amplía hasta 270 los municipios, que nada regula sobre la superficie de las viviendas. Así pues, las viviendas con >150m2 está sujetas al límite de renta a pesar de que el SIRAV no permite calcularlo; y por otro lado, dada la declaración de validez del TC vista, dicha renta con sus actualizaciones es válida a los efectos del cálculo de la renta que se aplique al contrato tras la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda. #sandinabogados #inmobiliario #alquiler #vivienda #construccion #urbanismo #fiscal #legal
Publicación de SANDIN ABOGADOS
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Del cálculo de la #renta del #alquiler de viviendas con una superfice superior a 150m2 utilizando el Sistema de Indices de Referencia publicado por el Ministerior de la Vivienda y Agenda Urbana.
Tras la publicación en marzo pasado del Sistema de Índices de Referencia del alquiler de vivienda (SIRAV) son numerosas las consultas de #arrendadores de #viviendas ubicadas en ZMTV, sobre la aplicación o no de dicha #limitación a las viviendas con una superficie >150m2, dado que la página web del Ministerior no permite el cálculo de la renta para estos casos. Se trata de un ejemplo más de la profunda inseguridad jurídica existente en esta materia causada por una prolífica regulación catalana que después ha sido declarada inconstitucional y nula por falta de competencia. Veamos El RDL 1/2019 de 7 de marzo, excepcionaba de la aplicación preferente de la LAU a los alquileres de vivviendas >300m2. La Ley 11/2020 de 18 de septiembre de Cataluña de contención de #rentas, excepcionaba de dicha limitación a las viviendas de >150m2 útiles en su DA2ª. La STC37/2022, de 10 de marzo, declaró entre otros, la DA2ª nula y de pleno derecho, y declaraba la validez de los contratos celebrados bajo la vigencia de la Ley (FJ8ª) La Ley de 24.05.2023 de derecho a la vivienda, modificaba el art. 17.6 de la LAU y regulaba la limitación de rentas en todo el terrotorio. Por resolución de agosto de 2023 Cataluña declaraba 140 municipios ZMTV. Esta resolución fue derogada por la posterior de 13.03.2024 que amplía hasta 270 los municipios, que nada regula sobre la superficie de las viviendas. Así pues, las viviendas con >150m2 está sujetas al límite de renta a pesar de que el SIRAV no permite calcularlo; y por otro lado, dada la declaración de validez del TC vista, dicha renta con sus actualizaciones es válida a los efectos del cálculo de la renta que se aplique al contrato tras la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda. #sandinabogados #inmobiliario #alquiler #vivienda #construccion #urbanismo #fiscal #legal
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UN AÑO DE LA LEY DE LA VIVIENDA. UN FIASCO MÁS. Un año de la ley de la vivienda, y lo peor está por venir: habrá 100.000 pisos menos en alquiler. El primer año de la controvertida ley de vivienda se salda con 40.000 pisos menos en alquiler en España y con la previsión de que a lo largo de este ejercicio desaparezcan del mercado otras 60.000 viviendas más, de las que el 40% serán en Cataluña, siendo esta la única región que está aplicando el control de precios que permite esta normativa. Un buen artículo de elEconomista de Alba Brualla y Lorena Diaz Torío Barbado.
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🗣️ “Hay que seguir trabajando en soluciones para estimular la oferta de vivienda en alquiler” Nuestra presidenta, Helena Beunza Ibañez, ha analizado en El Periódico de España la situación del mercado del alquiler un año después de la entrada de vigor de la Ley de Vivienda. En ASVAL ASOCIACIÓN celebramos que las Administraciones Públicas establezcan medidas para favorecer el acceso a una vivienda digna y adecuada, pero entendemos que estas medidas deben recoger la experiencia internacional para evitar repetir las consecuencias indeseadas observadas a lo largo de la historia. Además, es necesario que la aplicación de estas medidas se haga de manera rigurosa y sobre la base de datos y metodologías que reflejen la realidad del sector, así como ir acompañadas de una dotación presupuestaria acorde a la necesidad real de recursos. Los objetivos de ASVAL ASOCIACIÓN van más allá de esta ley. Nuestro foco está puesto en proponer soluciones estructurales que estimulen la producción y la inversión en vivienda, que es lo que España necesita con carácter urgente. Una de las claves para conseguirlo es que las administraciones y el sector privado lleguen a acuerdos de colaboración que permitan no solo movilizar la vivienda ya existente, sino también incentivar que el suelo privado se destine, de manera sustancial, a promover vivienda en alquiler asequible. Puedes leer el artículo completo de El Periódico de España aquí 👇 https://lnkd.in/e_GHKJKA
Un año de la ley de vivienda: alquileres más caros y menor oferta
epe.es
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El jueves pasado se celebró en el MIVAU la segunda reunión del grupo de trabajo formado para regular los contratos de arrendamiento de viviendas para uso distinto del habitual (de temporada, por habitaciones, uso turístico), que no se encuentran regulados por la LAU, para evitar que “eludan” la Ley por el derecho a la vivienda. Según recoge la nota publicada por el propio MIVAU, en la reunión se analizaron las propuestas recibidas de los miembros que forman el grupo de trabajo, para convocar una tercera reunión con las conclusiones, que darán lugar a una modificación legal y su tramitación por el Parlamento. Los efectos contrarios a los perseguidos por la ley se han puesto de manifiesto muy rápidamente, en menos de un año, tal y como vinimos advirtiendo que ocurriría, pero el gobierno se quiso dar prisa para aprobarla antes de las elecciones del 28M por motivos puramente electorales, y ahora acelera para modificar la ley porque se están retirando numerosas viviendas del mercado de alquiler habitual. El mismo que provocó el problema ahora se postula para resolverlo, y mucho nos tememos que solo conseguirá agravar aún más la situación, porque nace sin consenso y sus socios le exigirán medidas más duras, que restringirán aún más el derecho de propiedad privada y la capacidad la negociación entre las partes, que inevitablemente redundarán en perjuicio de los que necesitan una vivienda. https://lnkd.in/dd2pmHcG
MIVAU estudia las propuestas enviadas al Grupo de Trabajo para la regulación del alquiler de temporada y convoca una nueva reunión para decidir las conclusiones
mivau.gob.es
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Las Últimas Modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos: Protección del Inquilino vs. Derechos del Propietario El 24 de mayo de 2023 se aprobó la Ley 12/2023, también conocida como la Ley por el Derecho a la Vivienda, que introduce importantes cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y que busca abordar la problemática del acceso a la vivienda en España. Esta ley introduce nuevas medidas que refuerzan la protección de los inquilinos, especialmente en las llamadas "zonas tensionadas", pero también impone nuevas restricciones a los propietarios. Este artículo analiza los cambios más relevantes introducidos por la Ley 12/2023 y su impacto en los derechos y obligaciones de inquilinos y propietarios. Seguir leyendo en https://lnkd.in/d9fcbPfe
Las Últimas Modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos: Protección del Inquilino vs. Derechos del Propietario - Madrid Salinas Abogados
https://mslegal.es
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El primer año de la controvertida ley de vivienda se salda con 40.000 pisos menos en alquiler en España y con la previsión de que a lo largo de este ejercicio desparezcan del mercado otras 60.000 viviendas más, de las que el 40% serán en Cataluña, siendo esta la única región que está aplicando el control de precios que permite esta normativa.
Un año de la ley de vivienda y lo peor está por venir: habrá 100.000 pisos menos en alquiler
eleconomista.es
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Primer año de la controvertida ley de vivienda se salda con 40.000 pisos menos en alquiler en España y con la previsión de que a lo largo de este ejercicio desparezcan del mercado otras 60.000 viviendas más, de las que el 40%serán en Cataluña, siendo esta la única región que está aplicando el control de precios que permite esta normativa.
Un año de la ley de vivienda y lo peor está por venir: habrá 100.000 pisos menos en alquiler
eleconomista.es
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🚨Se ha aprobado una nueva legislación por la Generalitat de Cataluña con respecto al alquiler de temporada y de habitaciones.🚨 ⬇️ Aquí te presento los aspectos más destacados de la normativa: 👉 Actualización de la ley vigente: La legislación recién aprobada tiene como objetivo mejorar la actual ley de vivienda de Cataluña (ley catalana 18/2007) para incrementar su eficacia. 👉 Incremento de los alquileres: De acuerdo con las estadísticas del gobierno catalán, en Barcelona, los alquileres han experimentado un aumento del 66% en la última década. En Cataluña en su conjunto, el aumento oscila entre el 43% y el 46%. 👉 Control más estricto sobre los alquileres de corta duración: Ahora es obligatorio justificar el motivo del alquiler de corta duración en el contrato. Si no se proporciona una justificación adecuada, el alquiler se considerará de larga duración. 👉 Alquiler por habitaciones: El total de las rentas acordadas por habitación no puede exceder la renta máxima que se aplicaría si la vivienda se alquilase de forma habitual. 👉 Obligación de informar al arrendatario: Los propietarios deben proporcionar al arrendatario información detallada, incluyendo el precio de referencia, la renta del último contrato vigente de los últimos cinco años y si el arrendador posee un gran número de propiedades. 👉 Régimen de sanciones: Se ha establecido un régimen de sanciones que contempla multas de entre 30.000 euros y 90.000 euros para los propietarios que incumplan el decreto. 👉 Derecho de adquisición preferente: En zonas declaradas como tensionadas, la Generalitat tendrá derecho de adquisición preferente sobre cualquier vivienda de un gran tenedor, con el fin de incrementar el parque de viviendas públicas. ⚖️ En principio el objetivo de esta nueva legislación es regular el mercado de alquiler en Cataluña y proporcionar una mayor protección tanto a propietarios como a inquilinos. 📉 No obstante, los precedentes en Europa nos indican que cuando se interviene un mercado, el resultado a largo plazo es bastante peor. 🤔 ¿Qué opinas sobre el control de mercados por parte de los gobiernos? ⛲ https://shorturl.at/hjC57
La Generalitat deja fuera de la ley el alquiler de temporada en Catalunya
lavanguardia.com
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Los efectos de la Ley de Vivienda y el control a los #alquileres no sólo han reducido la.oferta de viviendas en los mercados con más demanda, sino que, al establecer unos límites de precios ficticios en zonas con más demanda, los #inquilinos no tardan en arrendar parte de esas viviendas o realquilarlas a precio libre, operando en B y saltándose la ley. #sandinabogados #inmobiliario #urbanismo #construcción #fiscal #legal https://lnkd.in/eBuksMRK
Hecha la ley, hecha la trampa: aparecen listos que alquilan viviendas a precio regulado y la realquilan a precio libre saltándose la ley
elblogsalmon.com
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La actual ley de vivienda define lo que considera gran tenedor de vivienda, que son aquellos propietarios, personas físicas o jurídicas, que posean más de 10 viviendas o sean dueños de una superficie construida de más de 1.500 m2, sin tener en cuenta garajes o trasteros. En este punto, en el trámite parlamentario de la norma se propone reducir esa cifra a 5 inmuebles. Según el proyecto de ley, el gran tenedor con personalidad jurídica (entidades financieras, empresas) deberá situar el precio de los arrendamientos basándonos en el índice de referencia de su zona. Por su parte, los grandes propietarios con personalidad física están exentos de este límite, aunque sí les afectan las medidas de congelación de la renta. Si quieres saber más acerca de las claves de la nueva Ley de Vivienda de España, te animamos a leer este artículo: https://lnkd.in/evB9BEXt #grandestenedores #inversioninmobiliaria #leydevivienda
Ley Vivienda 2023: Las claves para entenderla
aliatasaciones.com
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