El IASB (Ente Emisor de las NIIF) terminó de responder a la reforma de la tasa de oferta intercambiaria (IBOR) y otras tasas de interés de referencia

El IASB (Ente Emisor de las NIIF) terminó de responder a la reforma de la tasa de oferta intercambiaria (IBOR) y otras tasas de interés de referencia

Hace algunos días atrás, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) ha finalizado su respuesta a la reforma en curso de las tasas de oferta interbancarias (IBOR) y otras tasas de interés de referencia mediante la emisión de un paquete de modificaciones a las Normas NIIF. Las modificaciones están destinadas a ayudar a las empresas a proporcionar a los inversores información útil sobre los efectos de la reforma en los estados financieros de esas empresas.

Las modificaciones complementan las emitidas en 2019 y se centran en los efectos en los estados financieros cuando una empresa reemplaza la tasa de interés de referencia anterior por una tasa de referencia alternativa como resultado de la reforma.

Las modificaciones de esta fase final se refieren a:

- Cambios en los flujos de efectivo contractuales: una empresa no tendrá que dar de baja en cuentas o ajustar el valor en libros de los instrumentos financieros por los cambios requeridos por la reforma, sino que actualizará la tasa de interés efectiva para reflejar el cambio a la tasa de referencia alternativa;

- Contabilidad de coberturas: una empresa no tendrá que descontinuar su contabilidad de coberturas únicamente porque realice los cambios requeridos por la reforma, si la cobertura cumple con otros criterios de contabilidad de coberturas; y

- Divulgaciones: una empresa deberá divulgar información sobre los nuevos riesgos que surjan de la reforma y cómo gestiona la transición a tasas de referencia alternativas.

Estas modificaciones son efectivas para los períodos anuales de presentación de informes que comiencen a partir del 1 de enero de 2021, y se permite la adopción anticipada.

Fuente: IFRS Foundation

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