Modelo 130 para autónomos: cuándo y cómo se presenta
El modelo 130 se liquida trimestralmente a cuenta del IRPF. Afecta a los autónomos, pero no todos están obligados a presentarlo.
Para qué sirve el modelo 130
El modelo 130 es una declaración trimestral del IRPF por la que se ingresa en Hacienda un porcentaje de los beneficios de la actividad económica del autónomo a cuenta de su declaración anual de renta.
Este modelo es el medio utilizado por Hacienda para recaudar el IRPF de los autónomos cuyos ingresos no están sometidos a retención. Así, adelantan el pago del impuesto en lugar de tener que desembolsarlo todo de una vez al presentar la declaración. Con esta medida, Hacienda logra financiarse mientras que el autónomo minora la cantidad a pagar al presentar el IRPF.
La obligación de presentar el modelo 130 se genera en la declaración de inicio de actividad (modelo 037). Eres tú mismo quien comunica a la Agencia Tributaria que tienes que presentar la declaración.
Esto no significa que Hacienda no te lo pueda reclamar si no lo has marcado y estás obligado a presentarlo. Hoy en día todas las gestiones están automatizadas. Por eso, es mas fácil que te reclamen una obligación en la que tú te has dado de alta y que has incumplido, que una que no consta en su base de datos.
Quién está obligado a presentar el modelo 130
Deberán presentar este modelo los autónomos y miembros de sociedades civiles o comunidades de bienes que ejerzan actividades económicas por el método de estimación directa normal o simplificada.
Los autónomos en estimación objetiva realizarán los pagos fraccionados del IRPF a través del modelo 131.
Sin embargo, no estarán obligados a presentar el modelo 130:
- los autónomos que realicen actividades profesionales cuando, en el año anterior, al menos el 70% de sus ingresos fueron objeto de retención.
- los autónomos que realicen actividades agrícolas, ganaderas o forestales si en el año anterior al menos el 70% de sus ingresos (con excepción de las subvenciones corrientes o de capital y de las indemnizaciones) fueron objeto de retención.
Al inicio de la actividad se tendrá en cuenta, a estos efectos, el porcentaje de los ingresos que hayan sido objeto de retención en el período al que se refiere el pago fraccionado.
Si estás dado de alta en varios epígrafes del IAE, tanto empresariales como profesionales, deberás presentar las declaraciones trimestrales en cualquier caso. Recuerda que es obligatoria su presentación siempre que realices una actividad empresarial, independientemente de los ingresos que obtengas por ella.
Cuándo hay que presentar el modelo 130
Trimestralmente. El plazo de presentación es:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero, ambos inclusive.
Si el día de finalización del plazo coincide con un sábado, domingo o festivo, se ampliará hasta el siguiente día hábil.
Cómo presentar el modelo 130: en papel o por internet
Puedes elegir presentar el modelo:
- por internet, con certificado digital o cl@ve PIN.
- en papel, imprimiendo el pdf obtenido en la página de Hacienda. Si te sale a pagar puedes presentarlo en el banco y si es negativo o con cuota cero deberás presentarlo en Hacienda.
Dónde obtener el formulario
Tanto si vas a presentar el modelo 130 por internet o en papel, deberás rellenarlo primero y calcular su importe. Pero, ¿Dónde hacerlo?
La web de la Agencia Tributaria te permite obtener y rellenar el formulario para su presentación por internet o en papel.
Entra en la página de Hacienda www.agenciatributaria.es y sigue los pasos
Sede electrónica => Impuestos y tasas => Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas => Modelo 130
Presentación por internet
Haz clic en Presentación del ejercicio 2105 y siguientes. Se abrirá una nueva pantalla para que elijas certificado digital o cl@ve PIN.
Presentación en papel
Pincha en Formulario del modelo 130 para su presentación (predeclaración). Se abrirá una nueva pantalla con el formulario para que lo rellenes. Una vez validado podrás descargarlo en formato pdf e imprimirlo para su presentación.
No necesitarás etiquetas identificativas porque el modelo impreso lleva incorporado un código de barras de la etiqueta con tus datos identificativos.
Cómo rellenar el modelo 130
Aunque al ver el formulario te parezca complicado, sigue los pasos que detallo a continuación y verás cómo te resulta muy fácil.
¿Qué datos necesitas?
Todos los ingresos y los gastos relacionados con tu actividad económica.
El modelo 130 es una declaración trimestral de ingresos y gastos. El autónomo comunica a Hacienda el beneficio obtenido en todas sus actividades económicas en lo que va de año.
Normalmente, el pago fraccionado es el 20% del beneficio obtenido por la diferencia entre ingresos y gastos. A esta cantidad hay que restarle las retenciones soportadas y los pagos efectuados en los modelos 130 de trimestres anteriores.
Aunque el resultado de la declaración sea negativo o no hayas realizado actividad debes presentar el modelo. Si no lo haces, Hacienda podría sancionarte.
Son gastos fiscalmente deducibles:
- Sueldos de los trabajadores, pagas extraordinarias y retribuciones en especie.
- Cotizaciones a la Seguridad Social
- Otros gastos de personal, como los gastos de formación, indemnizaciones por rescisión de contrato, seguros de accidentes, etc.
- Reparaciones y conservación,
- Servicios de profesionales independientes, por ejemplo, honorarios de asesores, abogados o notarios.
- Tributos fiscalmente deducibles, como el impuesto de bienes inmuebles (IBI), el impuesto de actividades económicas (IAE), entre otros.
- IVA soportado cuando no sea desgravable a través de la declaración de IVA.
- Gastos financieros. Intereses de préstamos y créditos, gastos de descuento de efectos, recargos por aplazamiento de pago de deudas.
- Otros servicios exteriores como transportes, primas de seguros, servicios bancarios, publicidad, etc.
- Amortizaciones.
- Gastos de difícil justificación (en estimación directa simplificada). Desde enero de 2015 se establece un tope anual de 2.000 euros.
Instrucciones para rellenar el Modelo 130 - Casillas
El proceso para rellenar el formulario es el mismo si decides presentar el modelo por internet o imprimiendo el pdf.
Datos identificativos
Es obligatorio rellenar tus datos personales, el año y el trimestre al que corresponden los datos.
Actividades económicas en estimación directa
Es un modelo acumulativo. Debes introducir los datos desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre que estás declarando.
Casilla 01: ingresos que has tenido en el período considerado.
Casilla 02: gastos fiscalmente deducibles del período.
Casilla 03: diferencia entre los ingresos (casilla 01) y los gastos (casilla 02).
Casilla 04: el 20% del importe de la casilla 03 siempre y cuando este sea positivo. Si es negativo, pon simplemente un cero.
Casilla 05: suma de los importes positivos que aparecen en la casilla 07 menos la suma de los importes de la casilla 16 de los modelos 130 presentados en los trimestres anteriores.
Casilla 06: suma de todas las retenciones que has aplicado a tus facturas desde el primer día del año.
Casilla 07: resta los importes de las casillas 05 y 06 a la casilla 04. Si el resultado es negativo, pon el signo de menos delante de la cifra.
Actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras en estimación directa
Casilla 08: ingresos obtenidos por este tipo de actividades a lo largo del año; incluyendo las ayudas y subvenciones a la actividad, pero no las que sean por inversiones o indemnizaciones.
Casilla 09: 2% del importe de la casilla 08.
Casilla 10: suma de todas las retenciones que has aplicado a tus facturas desde principios de año.
Casilla 11: resta el importe de la casilla 10 a la casilla 09. Si el resultado te da negativo, pon el signo menos.
Liquidación
Casilla 12: suma de las casillas 07 y 11. Si el resultado es negativo, pon cero.
Casilla 13: cuando la cuantía de los rendimientos netos obtenidos en el ejercicio anterior al que corresponde el trimestre haya sido igual o inferior a 12.000 euros anotarás en esta casilla el siguiente importe
Para saber el importe de los rendimientos netos de actividades económicas obtenidos en el ejercicio anterior, suma el importe de las casillas 121, 148, 177 y/o 201 de tu declaración de renta de 2016.
Si inicias la actividad en este ejercicio se considerará que la cuantía de los rendimientos netos del año anterior es cero.
Casilla 14: resta la casilla 12 menos la 13. Si es negativo recuerda poner el signo menos.
Casilla 15: si en la casilla 14 has obtenido un resultado positivo, anota aquí los resultados negativos (casilla 19) de las declaraciones de trimestres anteriores del mismo ejercicio. No podrás anotar en esta casilla un importe superior a la cantidad positiva reflejada en la casilla 14.
Casilla 16: Sólo se rellena si el resultado de la casilla 14 ha sido positivo y estás pagando un préstamo por la compra o rehabilitación de tu vivienda habitual que dé derecho a la deducción por adquisición de vivienda.
El importe de esta casilla no podrá ser superior a la diferencia positiva entre las casillas 14 y 15 anteriores.
Casilla 17: resta entre las casillas 14, 15 y 16.
Si la casilla 14 es negativa, no podrás anotar nada en las casillas 15 y 16. Así, en la casilla 17 deberás poner el mismo importe que en la casilla 14 con signo menos (-).
Casilla 18: solo se rellana si presentas una declaración complementaria por el mismo concepto, ejercicio y periodo.
Casilla 19: Casilla 17 menos casilla 18. Este será el resultado de tu declaración.
Resultado
El importe de esta casilla puede ser:
- Positivo: tendrás que pagar su importe.
- Negativo: si se trata de una declaración de cualquiera de los tres primeros trimestres del año marca la opción "A deducir". Podrás deducirte este importe en cualquiera de las siguientes declaraciones del mismo año cuyo importe positivo lo permita.
Si se trata de la declaración del cuarto trimestre deberás marcar el apartado "Negativa".
- Cero: Si el importe de la casilla 19 es cero también debes señalar la casilla "Negativa".
Obtención del pdf para presentar el modelo 130 en papel
Una vez liquidado el modelo, el formulario de predeclaración te permite anotar el IBAN de la cuenta donde realizar el cargo. También lo puedes pagar en efectivo.
Ya sólo queda generar la predeclaración para obtener el pdf, imprimirlo y presentarlo.
Si el modelo 130 resulta a deducir o negativo deberás presentarlo en Hacienda, presencialmente o por correo.
Presentar el modelo 130 por internet
Si presentas el formulario online puedes elegir la forma de pago.
Las opciones son:
- Domiciliar el pago en tu cuenta: Si lo presentas 15 días antes del vencimiento del plazo voluntario. Es decir, hasta el día 15 o hasta el día 25 si estás presentando el cuarto trimestre.
- Ingresar su importe: Tienes que realizar el pago para obtener un código NRC (Número de Referencia Completo) y después presentar el modelo.El NRC es un código que te da el banco en el momento en que lo pagas. Es el justificante de haber realizado el pago. Una vez que lo anotas en el formulario puedes firmar y enviar para presentarlo.
- Aplazar el pago. Aquí te indico cómo aplazar deudas con Hacienda.
Errores que no debes cometer
- Considerar las facturas por el total (con el IVA). Lo que se tiene en cuenta son las bases imponibles, tanto de ingresos como de gastos.
- Incluir sólo las facturas. Sin considerar otros gastos como cuotas de Seguridad Social, gastos financieros, seguros, amortizaciones...
- Presentar la declaración sólo con los datos del trimestre que se liquida. Recuerda que es modelo acumulativo, por lo que cada trimestre debe contener la suma de los anteriores. Tanto en ingresos como en gastos, retenciones o pagos efectuados.
- No presentar el modelo si no se tienen datos. Como señalamos anteriormente, aunque el resultado de la declaración sea negativo o no hayas realizado actividad, debes presentar el modelo. Si no lo haces, Hacienda podría sancionarte.
Puede haber mas errores pero estos son los mas frecuentes.
Y recuerda, si Hacienda te requiere exigiendo el pago del modelo 130, no te precipites. Es posible que puedas evitar la sanción si no estás obligado a presentarlo. En caso de duda, contacta con nosotros
Artículo publicado primero en jraeconomistas. Allí encontrarás más artículos sobre temas fiscales.
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Economista Asesora Fiscal y Contable ✔ Ayudo a emprendedores, autónomos y empresas a relacionarse con la Administración
7 añosMuchas gracias Inés y Pilar por vuestros comentarios
ABOGADO
7 añosEnhorabuena Joaquina, extraordinario artículo. Claro y conciso.
Finance Controller | Controller de Gestión | Director Financiero | CFO
7 añosGracias por compartir conocimientos, es una gran forma de generosidad.
Economista Asesora Fiscal y Contable ✔ Ayudo a emprendedores, autónomos y empresas a relacionarse con la Administración
7 añosGracias Emmanuel. Me alegra que te haya gustado. Así da gusto escribir.
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7 añosDe nuevo un artículo fantástico para entender perfectamente el tan desconocido modelo 130, felicidades Joaquina Rueda Amo