Publicación de Rafael Andrés Alvez

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Derecho administrativo, deportivo y del juego

Lo prometido es deuda. Os dejo mi ultimo artículo donde analizo pormenorizadamente la STS sobre el Real Decreto de Comunicaciones comerciales de las actividades de juego. En nuestro anterior artículo concluíamos que a nuestro juicio el artículo 7 bis de la Ley 13/2011 son solo principios generales que se pueden aplicar a la publicidad de juego, en su conjunto, pero que no prohíben, ni restringen, los escenarios en los que se produce esta, como si hace en el Real Decreto de comunicaciones comerciales sobre actividades de juego en exceso y además en agravio comparativo sobre los operadores de juego privado, por lo que el artículo 7 bis resulta intrascendente a la cuestión planteada, pues lo que se ponía en tela juicio en el recurso de inconstitucionalidad era si se podía regular la publicidad de juego en cualquier extremo fuera del orden de reserva legal establecido, añadiendo que la realidad es que lo incluido en el real decreto excedía en mucho una habilitación reglamentaria al tratar escenarios y materias que suponen una absoluta restricción de derechos, que solo pueden regularse por ley en el corolario de la libertad de empresa. Nuestro criterio era acertado, a tenor de lo que finalmente ha sentenciado el Tribunal Supremo. Analizaremos en este artículo esta sentencia del Tribunal Supremo, a reserva y espera de las que, en breve, se producirán sobre los recursos pendientes de la Asociación de Medios e Información (recurso admitido a trámite por resolución de 8 de enero de 2021, y que figura registrado con el número 1/2/2021) y de la Liga Nacional de Futbol Profesional (recurso admitido a trámite por resolución de 4 de enero de 2021 y que figura registrado con el número 1/1/ 2021), que creemos sustancialmente serán muy parecidas y señalaremos en el apartado de conclusiones los probables efectos prácticos que tendrá esta sentencia, tanto desde el punto de vista comercial, como en alcance normativo, pues ya se anuncia por la administración una nueva modificación legal para “recuperar” con celeridad los artículos anulados. Espero que sea de vuestro interés.

Análisis de la STS sobre el Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego

Análisis de la STS sobre el Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego

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