Trabajadores desplazados
Tu empresa puede enviarte a trabajar temporalmente a otro país de la UE. Durante ese período adquirirás la condición de trabajador desplazado y disfrutarás de los mismos derechos y condiciones laborales de base que los trabajadores del país de destino.
El desplazamiento puede durar todo lo que sea necesario para realizar una tarea determinada. Cuando finalice el desplazamiento, deberás regresar al lugar de trabajo en el país de la UE desde el que te trasladaste.
Condiciones de trabajo
Como trabajador desplazado, estarás amparado por las condiciones de empleo del país de destino, siempre que sean más ventajosas que las de tu país de origen. En tal caso, tu empresa está obligada a cumplir las normas básicas en materia de protección de los trabajadores y las condiciones de empleo de ese país por lo que respecta a lo siguiente:
- todos los elementos básicos de la remuneración, tal como se definen en la legislación nacional o en los convenios colectivos universalmente aplicables;
- la compensación por horas extraordinarias;
- las prestaciones o el reembolso de los gastos de viaje, alojamiento y manutención en el país de destino durante el desplazamiento (si te ves obligado a viajar durante el período de desplazamiento);
- los períodos máximos de trabajo;
- los períodos mínimos de descanso;
- la duración mínima de las vacaciones anuales retribuidas;
- la salud, la seguridad y la higiene en el trabajo;
- las condiciones específicas aplicables a la contratación a través de agencias de trabajo temporal;
- las medidas de protección para las mujeres embarazadas, las mujeres que hayan dado a luz recientemente y los jóvenes (menores de dieciocho años);
- la igualdad de trato entre hombres y mujeres, y otras normas para evitar la discriminación;
- el alojamiento, si lo facilita la empresa para la que trabajas.
Tus derechos y obligaciones como trabajador desplazado
Como trabajador desplazado a otro país de la UE:
- no necesitas permiso de trabajo ;
- no necesitas el reconocimiento de tus cualificaciones profesionales (aunque en algunas profesiones sí es posible que se necesite una declaración escrita: infórmate sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales);
- no necesitas registrarte ante el organismo de seguridad social del país donde estés desplazado, ya que sigues asegurado en el país de empleo habitual (por lo tanto, durante el período de desplazamiento no se acumulan otros derechos de seguridad social, como los derechos de pensión o el derecho a prestaciones de desempleo en el país donde hayas sido desplazado);
- tienes que registrarte como residente ante la administración del país de destino si la estancia supera los tres meses;
- no acumulas derechos a residencia permanente en el país de destino.
Desplazamiento de larga duración
Si estás desplazado durante más de doce meses (o dieciocho meses, si la empresa para la que trabajas presenta una notificación motivada a las autoridades nacionales del país de acogida), se aplican todas las condiciones de empleo pertinentes del país de acogida, con excepción de las relativas a la rescisión de contratos y a las pensiones de trabajo complementarias.
Si, como trabajador desplazado a otro país de la UE para un largo período de tiempo, quieres que tus familiares te acompañen, estos pueden hacerlo en virtud de sus propios derechos como ciudadanos de la UE, pero no como personas a cargo.
Impuesto sobre la renta
Si eres un trabajador desplazado durante menos de seis meses, no debes pagar en el país de destino el impuesto sobre la renta. No obstante, no existe una legislación fiscal a escala de la UE que determine en qué país se paga el impuesto sobre la renta durante un desplazamiento. Eso se establece mediante legislaciones nacionales o acuerdos fiscales entre los países de la UE.
Cobertura de seguridad social en el extranjero
Como trabajador desplazado, para que puedas seguir estando cubierto por el sistema de seguridad social de tu país de origen, la empresa para la que trabajas debe solicitar un documento portátil A1 (formulario PD A1) al organismo de seguridad social de tu país de origen e informar a la administración del país de acogida. Si el desplazamiento dura más de dos años, puedes:
- cambiar al sistema de seguridad social del país donde estés desplazado, o
- solicitar una prórroga de la validez del formulario de seguridad social para seguir estando cubierto en tu país de origen. La prórroga se concederá si las administraciones de ambos países alcanzan un acuerdo y dicho acuerdo te favorece.
Más información sobre la cobertura de la seguridad social durante el desplazamiento a otro país de la UE.
Información que la empresa para la que trabajas debe facilitar al país de acogida
En la mayoría de casos, la empresa para la que trabajas debe enviar una notificación («declaración de desplazamiento») a las autoridades del país de destino antes de que (o, a más tardar, cuando) comience el desplazamiento, en la que figure información relativa a lo siguiente:
- la identidad de la empresa;
- el número de trabajadores desplazados;
- la dirección del lugar de trabajo del desplazamiento;
- la duración prevista del desplazamiento, incluidas las fechas de inicio y finalización;
- el tipo de servicio prestado durante el desplazamiento;
- los datos de la persona que se pondrá en contacto con las autoridades del país de destino.
La empresa para la que trabajas también debe informar a la institución competente del país de destino en caso de que se produzcan cambios; por ejemplo, si el desplazamiento no tiene lugar o se interrumpe. Puedes encontrar más información sobre las obligaciones de declaración en el sitio web del país de destino.
Información que debe facilitarte la empresa para la que trabajas
Si tu desplazamiento abarca un período consecutivo de más de cuatro semanas, la empresa para la que trabajas deberá facilitarte por escrito, antes de tu partida, información relativa a lo siguiente:
- el país o los países en los que trabajarás (el país de destino);
- la duración prevista del trabajo en el extranjero;
- la divisa en la que se pagará la remuneración;
- cualquier prestación (en metálico o de otro tipo) relacionada con la asignación de trabajo;
- la repatriación (si se proporciona y, en caso afirmativo, con qué condiciones);
- la remuneración con arreglo a la legislación aplicable del país de destino;
- cualquier complemento específico relacionado con el desplazamiento;
- las modalidades de reembolso de los gastos de viaje, manutención y alojamiento;
- el enlace al sitio web oficial nacional del país de destino sobre trabajadores desplazados.
Sitios web nacionales sobre desplazamiento de trabajadores
Consulta la página web nacional del país de destino para conocer las condiciones de trabajo de los trabajadores desplazados, así como la información de contacto de las administraciones locales.
Sitios web nacionales sobre desplazamiento de trabajadores
Oficinas nacionales de enlace
Cada país cuenta con una autoridad competente que puede responder a las preguntas sobre el desplazamiento de trabajadores. Se puede encontrar la información de contacto de estas oficinas nacionales de enlace pulsando sobre el botón «Preguntar a las administraciones nacionales» que figura a continuación.
Más información
Para más información, consulta la guía breve de la UE sobre los trabajadores desplazados.
También puedes leer la Guía práctica sobre el desplazamiento de trabajadores de la UE.
¿Eres autónomo y tienes pensado trabajar unos meses en otro país? Consulta estas preguntas frecuentes para saber cuáles son los trámites necesarios.